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COMO PAGO LA RENTA SI EL DUEñO CANCELO LA CUENTA DONDE DEPOSITO

  • Consulta : 96378
  • Autor : nancyrosalba7_NR
  • Publicado : Domingo 02 de Enero de 2011 23:40 desde la IP: 189.135.201.97
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,081
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  • Autor
    Consulta

  • nancyrosalba7_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Hola: En el mes de septiembre terminaba mi contrato de arendamiento que tengo desde hace 3 años, cada año se ha renovado, este año cuando nada más faltaba fijar la hora para la firma junto con el fiador, el arrendatario me informa que lo van a vender y que me daria un mes sin pagar la renta para desocupar y la devolución de mi deposito, después de dijo que no que si me lo rentaba solo por tres meses más, dos los pagaria y el 3o. corria el deposito, pero que lo tenia que actualizar a la renta actual, y que firmaramos un convenio, a mi no me parecieron las clausulas del convenio y lo discutimos, quedamos que me darian 2 meses para salirme y la devolución de mi deposito, pero me llama al dia siguiente y me dice que siempre no, como ya era el dia que tenia que depositar la renta como siempre lo he hecho en estos tres años, mejor deposite, pues no sabia ni que esperar del arrendador, no se ha llegado a un acuerdo y he seguido pagando cada mes, pero en diciembre cuando quise hacerlo, resulta que ya cancelo la cuenta donde lo hacia y no se donde depositar, me dicen que lo haga en nafinsa para evitar la mora, pero no se como hacerlo, tambien me dicen que si no se firma el contrato en su tiempo, automaticamente se prorroga, pero no se si es legal, por favor si pueden asesorarme para saber que hacer, quiero pagar pero ya le mande un email para que me de otra cuenta y no me contesta. Gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 202684

  • jmnl21
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    PARA PAGAR LA RENTA Y EL DUEÑO SE REUSA A RECIBIRLA , DEBES CUMPLIR CON TU OBLIGACION ATARVES DE LA

    " CONSIGNACION DEL PAGO " LO CUAL EVITARA QUE CAIGAS EN MORA !

     

     POR LOC UAL TIENES QUE TRAMITAR un procedimiento  de consignacion de pago ante un juzgado Civil

     

    Y EL PAGO SE REALIZA ANTE :En el D.F. esta la oficnia de consignaciones que depende el Tribunal Superior de Justicia del D.F.

     



  • Autor
    Respuesta No: 202762

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

     nancyrosalba7

    Al vencer el plazo del contrato firmado por las partes y no habiendose renovado el contrato se vuelve por tiempo INDETERMINADO, por lo cual, tanto el arrendador y el arrendatario pueden darse aviso con un termino de 30 dias de anticipacion que es su voluntad de alguno de ellos, no continuar con al arrendamiento.

    Ahora bien si el arrendador desea vender el inmueble materia del arrendamiento debe de manera indubitable hacrelo del concomiento del arrendatario (inquilino) para que este ultimo dentro del temrino de ley haga valer o no, su derecho de preferencia para adquirir el inmueble, sin esta notificacion por parte del arrendador (dueño) la compraventa que celebre con un tercero estara viciada de nulidad.

    Por lo que respecta a la negativa del arrendador a recibir el pago de la renta, usted debe contratar los servicios de aun abogado de su confianza para promover Diligencias de Consignacion de Rentas ante un Juzgado de lo Civil, procedimento no contencioso por el cual se notificara al arrendador que el billete de deposito correpondiente a la renta ___ del año _______,se encuentra a su dispocision, comprando el respectivo Billete de Deposito a nombre del Arrendador en BANSEFI.

    Saludos



  • Autor
    Respuesta No: 202808

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    FORISTAS TODOS:

    La presente consulta fue debidamente contestada en la diversa número 96019 formulada bajo el mismísimo nombre de la consultante de la actual, con lo que resulta que dicha consultante se encuentra duplicando las consultas y haciendo trabajar innecesariamente a los abogados que conscurrimos a estos foros, por lo que les exhorto para que se abstengan de responder a las consultas como la presente, máxime que en la consulta número 96019, a la consultante se le indicó oficina y domicilio donde obtener billetes de depósito, nombre y domicilio de la oficina donde debe entregar el billete de depósito y hasta se le informó acerca del formato del escrito a presentar y lugar donde se lo elaboran, inclusive fue informada sobre un trailer donde sacan fotocopias y estacionamiento ubicado frente a la oficina donde debe acudir.

    Si la forista descuida sus consultas, es entendible que tenga problemas porque descuidó su arrendamiento.



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