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COMO SE PAGA EL DIA FESTIVO CUANDO SE LABORA?
- Consulta : 197242
- Autor : sergio mendoza b
- Publicado : Lunes 13 de Mayo de 2013 17:57 desde la IP: 201.110.33.120
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,067
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 13 de Mayo de 2013lic. buenas tardes. una consulta de favor:es respecto de cuanto o como deve ganar un trabajador si labora en un dia festivo?, ejemplo: le pide la empresa laborar el dia 1ro de mayo que esta ganado en descanso y con goce salarial.este trabajador gana en salario total por semana de $1,454.81 o bien $207.47 de salario diario, labora en una jornada de 42 horas semanales siendo su turno los dias lunes a viernes de 15:00 a 22:00 hrs y su dia de descanso semanal es domingo, osea labora 6 dias de la semana con turnos de 7 horas diarias pero con pago de 56 horas ya que nuestro contrato ley dice:CAPITULO IVDE LOS TURNOS, JORNADAS DE TRABAJO Y VACACIONESARTICULO 17.-El primer turno es el que comienza entre las seis y ocho horas, el segundo es el que se desarrolla a continuación del primero y el tercero es el que labora a continuación, entendiéndose que la semana de trabajo semanal del primer turno será de cuarenta y ocho horas, la del segundo y tercer turno será de cuarenta y dos horas.Como excepción a la regla general anterior, cuando se trabaje cuarto turno, los trabajadores que en la fábrica, departamento o departamentos, o grupo de maquinas que laboren en la primera jornada, esta tendrá una duración de cuarenta y seis horas semanales con pago de cincuenta y seis, es decir, ya incluida la parte proporcional del pago del séptimo día, distribuyendo el resto de las ciento veintidós horas semanales entre el segundo, el tercero y el cuarto turno con el salario equivalente a cincuenta y seis horas del primer turno, según la distribución que convenga la empresa. Tanto los trabajadores como el Sindicato podrán hacer las observaciones pertinentes, las que deberán ser tomadas en consideración siempre y cuando no afecten la operación, la productividad, el empleo y la buena marcha del negocio.Los trabajadores disfrutarán de una tolerancia de diez minutos para llegar de la hora de entrada convenida hasta por cuatro veces en un término de treinta días.si labora entonces el dia 1° de mayo en horario de 15-22 hrs (7horas) cuanto le deve pagar la empresa en dinero y en horas? como se realiza el calculo? nuestro contrato ley dice en respecto de los dias de descanso:ARTICULO 30.- Son días de descansado obligatorio con goce de sueldo los siguientes 1 y 7 de enero, primer lunes de febrero en conmemoración al cinco de febrero, tercer lunes de marzo en conmemoración al 21 de marzo, 1 y 10 de mayo, 15 y 16 de septiembre, 2 de noviembre, tercer lunes de noviembre en conmemoración al 20 de noviembre, 12, 24 y 25 de diciembre, así como los que determinen la leyes federales y locales electorales en caso de elecciones ordinarias para efectuar la jornada electoral.Cuando los días de descanso obligatorio que se mencionan en el párrafo anterior coincidan con el día de descanso semanal los trabajadores recibirán salario doble.Si los patrones desearán celebrar como fiesta algún otro día además de los arriba mencionados, podrán hacerlo así pagando los salarios correspondientes, o sujetándose a lo que establece este artículo.Cuando el Sindicato lo solicite, y los requerimientos de producción lo permitan las empresas se obligan a conceder como día de descanso sin goce de sueldo el 5 de mayo.Cuando la empresa requiera de la totalidad o parte del personal trabajen los días que el Contrato señala como de descanso y con el objeto de evitar que se interrumpa la continuidad de los trabajos, haciendo más eficiente la operación, las partes convienen en que de acuerdo con las necesidades de la empresa, ésta podrá tomar las siguientes alternativas:a. Si se trata de descanso con goce de salario, la empresa estará obligada a pagar sueldo doble.b. Si se trata de trabajo desempeñado en un día de descanso semanal u obligatorio de los que este Contrato establece con goce de sueldo, la empresa pagará salario doble sin perjuicio del salario correspondiente al día de descanso de que trate, es decir, salario triple.c. Con excepción de los días festivos: 1 de enero, 12 de diciembre, 24 de diciembre y 25 de diciembre, si cualquier otro día de descanso obligatorio ocurriera dentro de la semana laboral y el objetivo es de no descontinuar las labores, se cambiará el día de descanso al último día laboral de la semana de que se trate o al primero laborable de la siguiente semana o bien se acumulará el día festivo correspondiente al periodo de vacaciones. En estos casos la empresa pagará al trabajador por el día de descanso que se labore en razón del cambio, solamente el salario ordinario que le corresponde. La necesidad de realizar dicho cambio será del conocimiento del Sindicato con objeto de que este formule sus observaciones, las que serán tomadas en consideración, siempre que no se afecte la operación, la productividad, el empleo y la buena marcha del negocio.que opinion tienes sobre mi pregunta? si necesitas mas informacion dime.gracias y un saludo.
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AutorConsulta
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