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MOVING EN EL TRABAJO

  • Consulta : 145529
  • Autor : traiiidor_NR
  • Publicado : Lunes 09 de Abril de 2012 18:09 desde la IP: 201.167.63.254
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,076
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  • Autor
    Consulta

  • traiiidor_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Guanajuato

     

    QUIERO SER DIRECTO.

    MI ESPOSA EN EL TRABAJO SUFRIO UNA CAIDA DESDE SU PROPIA  ALTURA, EL DOCTOR DE LA EMPRESA LE DIO UNOS ANALGESICOS PARA CALMARSE, POR IGNORANCIA MI ESPOSA NO FUE INMEDIATAMENTE AL IMSS, DESPUES LE RESULTO UN DOLOR LUMBAR (LUMBAGIA) INCAPACITANTE PARA REALIZAR SU LABOR EN EL TRABAJO Y LOS MEDICOS SE LO TOMARON COMO ENFERMEDAD GRAL NO COMO RIEZGO DE TRABAJO, PERO RESULTA QUE HOY DESPUES DE UNA SERIA DE INCAPACIDADES LE DICEN QUE NO PUEDEN HACER NADA MAS QUE SE PRESENTE A TRABAJAR, PERO SERIA VOLVER AL TRABAJO PESADO QUE TENIA Y SER INCAPAZ DE REALIZARLO POR UNA POCIBLE HERNIA DISCAL,  POCIBLEMENTE COMO COSTUMBRE LAS EMPRESAS A ESTE TIPO DE EMPLEADOS LOS FASTIDIAN Y TERMINAN CORRIENDO POR CUALQUIER COSA PARA NO PAGARLES LO QUE LES CORRESPONDE, QUIERO AYUDA PARA SABER QUE PROCEDIMENTO SERIA EL MAS ADECUADO PARA QUE MI ESPOSA DE NO PODER SEGUIR LABORANDO SEA LIQUIDADA AL 100% CON EL DINERO QUE LE LLEGUE A CORRESPONDER,  YA QUE TIENE MAS DE 6 AÑOS LABORANDO PARA ESA EMPRESA SACO SU CASA Y APARTE TENGA UNA FORMA DE SALIR ADELANTE, EN ESTE CASO LA EMPRESA ENGAÑO A MI ESPOSA PARA NO TOMAR SU LESION COMO RIEZGO DE TRABAJO Y ELLA IGNORABA SUS DERECHOS COMO TRABAJADORA, COMO LE PASA A MUCHAS MUJERES QUE TRABAJAN.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 261306

  • ab.brendapolanco
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Primero que nada debo decirte que la calificación de Riesgo de Trabajo corresponde al IMSS no a la empresa, el médico de la empresa puede realizar una revisión, sin embargo, el dictamen lo da el médico del IMSS en el área de enfermedad de trabajo que existe en cada clinica del instituto (este es el válido),aunque le anticipo que el que el instituto califique un riesgo de trabajo tampoco es sencillo. Por cierto, no menciona a que se dedica su esposa ya que la enfermedad o riesgo de trabajo solo surgen cuando a consecuencia de realizar una actividad inherente al trabajo se altera la salud, además por lo que dice el problema si ha sido ignorancia y también un poco de ayuda de la empresa al no remitirla al IMSS le recomiendo que acuda a la clinica que le corresponde al área que le indique para que le hagan un dictamen del estado físico que actualmente guarda su esposa.

    Por otro lado si la despiden por un mal generado por riesgo de trabajo estarían actuando en contra de la Ley por lo que aplicaría inciar un proceso (juicio) ante la autoridad competente y no firmar documento alguno al concluir la relación de trabajo. Lo anterior es una opinión basada en los pocos datos que da.

     

    Espero le sean de utilidad

    Si requiere alguna asesoria más a fondo puede contactarme al correo. "ab.brenda_polanco">ab.brenda_polanco



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