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PENSIóN ALIMENTICIA
- Consulta : 254583
- Autor : melchorocampo
- Publicado : Miércoles 28 de Enero de 2015 17:56 desde la IP: 189.217.28.30
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,076
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 28 de Enero de 2015
Buenas tardes, les comento que tengo un hijo fuera de mi matrimonio, el cual reconocí legalemnte. Al principio del nacimiento las cosas se complicaron con la mamá de mi hijo ya que ella esperaba que me fuera con ella, cabe señalar que desde el principio ella sabía que yo era casado y que no tenía intención de dejar a mi familia, las cosas se fueron complicando cada vez más por lo que decidí distanciarme del niño, solo tenía contacto telefónico para informarme de la salud y bienestar del niño. De forma quincenal yo realizaba los depositos correspondiente en la cuenta bancaria de la madre hasta que en julio del 2014 me quede desempleado, dando respectivo aviso a la madre de mi hijo. Ella se puso en malos terminos y entabló una demanda por alimentos para ella y el niño, por una suma de dinero exorbitante, incluso está exigiendo que le pague una renta siendo que ella vive con sus Padres y es hija única. Que puedo hacer para detener la demanda hasta que consiga trabajo para ponerme al día con los pagos? Es mi obligación mantener a la mamá de mi hijo? siendo que no tuvimos un vinculo sentimental ni familiar.
Como dato adicional les comento que ella dice muchas mentiras en la demanda que presentó, como que estuvimos viviendo juntos durante un tiempo.
Agradezco de antemano su apoyo
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 373506
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Fecha de respuesta: Miércoles 28 de Enero de 2015 19:59 2015-01-28 19:59 desde IP: 187.141.12.9
Buenas tardes:
Aun cuando no tenga trabajo, usted se encuentra obligado a pagar la pensión alimentencia del menor, no así de la señorita. Es mejor que llegue a un convenio o de otro modo ella puede demandar el pago de la pensión incluso a sus padres o hermanos si usted declara su insolvencia.
Saludos
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Autor
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AutorRespuesta No: 373507
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Fecha de respuesta: Miércoles 28 de Enero de 2015 19:59 2015-01-28 19:59 desde IP: 187.141.12.9
Buenas tardes:
Aun cuando no tenga trabajo, usted se encuentra obligado a pagar la pensión alimentencia del menor, no así de la señorita. Es mejor que llegue a un convenio o de otro modo ella puede demandar el pago de la pensión incluso a sus padres o hermanos si usted declara su insolvencia.
Saludos
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Autor
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AutorRespuesta No: 373508
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Fecha de respuesta: Miércoles 28 de Enero de 2015 19:59 2015-01-28 19:59 desde IP: 187.141.12.9
Buenas tardes:
Aun cuando no tenga trabajo, usted se encuentra obligado a pagar la pensión alimentencia del menor, no así de la señorita. Es mejor que llegue a un convenio o de otro modo ella puede demandar el pago de la pensión incluso a sus padres o hermanos si usted declara su insolvencia.
Saludos
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Autor





