Estado de Referencia: Estado de México
Acabo de recibir una multa de 20 dias por "vidrios Obscurecidos", pero yop no tengo alfrente esta protección y mis vidrios laterales si permiten la visibilidad al interior per que no tienen mas del 20% de obscuridad para poder tapar la luz del sol y hacer un espacio interior mas fresco.
No se me hace justo esta infracción ya que el personal de transito no considera la apresiación de "grado de Obscuresimiento" si hay micas que reflejan la luz y hacen el efecto espejo y no dejan ver nada al interior. Y tambien dan seguridad para que no revisen el interior de tu auto y no te vayana a dar un cristalazo. Pero no aplica a la ciudadania, los utilizan solo a las autoridades que si lo necesitan, pero deben definir bien el alcance para evitar "confusión" en la aplicación de los reglamentos.
Requiere uan revisión el reglamento de transito en al articulo 36 y definan al personal de transito el % de visibilidad al interior del vehiculo. Ya que no esta reglamentada. Y se presta para que ellos sigan asiendo sus "favores" a la ciudadania.
Exsiste un numero de sombras para evitar el daño de los ojos con los rayos del sol desde 10 hasta 14 sombras este criterio pude manejarse para utilizar solo de 2 ó 4 sombras para vehiculos automotores. Como sociedad requerimos sugerir mejoras a las faltas de alternativas de nuestras autiridades.