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ES REQUISITO QUE LOS MINISTERIOS PúBLICOS QUE TOMEN LAS DECLARACIONES EN LA AV. PREVIA TENGAN CéDULA PROFESIONAL EN DERECHO??

  • Consulta : 154742
  • Autor : nr_NR
  • Publicado : Jueves 07 de Junio de 2012 14:10 desde la IP: 189.221.229.152
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,079
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  • Autor
    Consulta

  • nr_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Buen día abogados!! Nomalmente la ley orgánica de cada entidad federativa establece los requisitos, pero se pudiera alegar en dado caso que la declaración ministerial de un imado no tiene valor probatorio por haber sido realizada por un M.P que no cuenta con cédula profesional de licenciado en derecho?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 270021

  • calamarin
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Estiamdo consultante.

    La CEDULA, No nada mas es requisito para tomar la declaracion a un inculpado, sino tambien para ser ministerio publico.

    Para ser minsterio publico se necesita fozosamente ser Lic. en Derecho y contar con dicha cedula, a no ser que en su identidad federativa no lo sea.

    Pero no conosco estado alguno donde no se requiera dicho requisito.

     

    Saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 290653

  • Licda. Mendoza
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Desgraciadamente LA CEDULA PROFESIONAL, no es un requisito para ser Ministerio Público, por lo menos en Quintana Roo, asi que, la falta de la misma, no es motivo para alegar que dicha declaracion NO TENGA VALOR PROBATORIO por haber sido tomado por un MP sin cedula profesional. saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 290654

  • Calva Triste
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    En el artículo 27 de la Ley Orgánica de la procuraduría de Justicia en Quintana Roo, dice (salvo error u omisión de mi parte).

    .Articulo 27.- Para ser Agente del Ministerio Público del Fuero Común se requiere: 

    I. Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos;

    II. Observar buena conducta y no haber sido sentenciado ejecutoriamente como responsable de delito intencional;

    III. Ser Licenciado en Derecho, con título o autorización expedida por institución legalmente facultada para ello; 

    IV. No ser Ministro de algún culto religioso; y

    V. Tener modo honesto de vivir....



  • Autor
    Respuesta No: 290655

  • Calva Triste
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    T en el DF:

     

    .Artículo 37. (Requisitos para ingresar y permanecer como Agente del Ministerio Público). Para ingresar y permanecer como Agente del Ministerio Público dentro del Servicio Público de Carrera, se requiere: 

    I. Ser mexicano por nacimiento, estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos; 

    II. Contar con una edad mínima de veinticinco años cumplidos;

    III. Tener acreditado, en su caso, el Servicio Militar Nacional;

    IV. No haber sido condenado por sentencia irrevocable como responsable de delito doloso, 

    o por delito culposo calificado como grave por la ley; 

    V. Poseer Título de licenciado en derecho; ....



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