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Tradicional Foro de consultas
A LOS ESPECIALISTAS EN AMPARO
- Consulta : 279414
- Autor : elena_NR
- Publicado : Sábado 26 de Marzo de 2016 13:36 desde la IP: 187.178.128.222
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,086
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 26 de Marzo de 2016
Estado de Referencia: Distrito Federal
Una Sentencia que dicta la Sala Familiar en la apelación en relación a la Sentencia Interlocutoria del incidente de liquidación de la sociedad conyugal. ¿ Que amparo es el que se tiene que promover, Directo o Indirecto ?. MUCHAS GRACIAS POR SU AYUDA -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 387794
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Fecha de respuesta: Sábado 26 de Marzo de 2016 13:42 2016-03-26 13:42 desde IP: 187.216.232.49
En que etapa del juicio, interpuso usted el incidente?
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Autor
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AutorRespuesta No: 387821
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Fecha de respuesta: Lunes 28 de Marzo de 2016 14:08 2016-03-28 14:08 desde IP: 189.177.87.242
si es una sentencia INTERLOCUTORIA... el amparo debe ser indirecto... ya que el incidente solo resuelve una parte del juicio... pero no el principal...
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Autor






