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SE PUEDE INDEMINZAR POR VIOLENCIA FAMILIAR DAñOS FISICOS Y PSICOLOGICOS?

  • Consulta : 271478
  • Autor : santy_ranita_NR
  • Publicado : Sábado 11 de Julio de 2015 14:20 desde la IP: 187.252.39.43
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,085
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  • Autor
    Consulta

  • santy_ranita_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Quintana Roo

    estoy casada con dos hijas solo una es de mi esposo, me encuentro embarazada de 6 meses de el, acabo de descubrir q me fue infiel en tres ocasiones con la infidelidad mas reciente es con una compañera de su trabajo actual y tengo manera de comprobarlo por conversaciones guardadas de su cuenta de facebook, el me ha golpeado y humillado frente a su mama y su hermano,viviamos en casa de su mama hoy me echaron de la casa, aparte de la manutencion kisiera saber si se me puede indemnizar por todo el maltrato q he pasado con mi marido

     

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  • Autor
    Respuesta No: 382838

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Antes que nada, debo aclararle que las convesaciones a que usted se refiere, no son aptas para acreditar el adulterio que usted atribuye a su cónyuge (sin que ello signifique que no lo haya cometido).

    Siendo el adulterio la existencia de una relación sexual con persona distinta del cónyuge, evidentemente es refractaria a la prueba directa, dado que esas relaciones sexuales, como en todos quienes las sostienen ocurre, sean o no cónyuges, se llevan a cabo en la intimidad y sin testigos, por tanto, la única forma de demostrarlo es a través de la prueba indirecta, consistente en la copia certificada del acta de nacimiento de un hijo nacido de esas relaciones extramaritales, a condición que su esposo haya reconocido ser el padre biológico.

    Con relación a la violencia intrafamiliar de que la ha hecho objeto, acuda inmediatamente al Ministerio Público y presente la denuncia correspondiente, quien al ejercitar la acción penal, también relamará el pago de la reparación del daño proveniente de delito. y para demandar el pago de alimentos para usted y su hija que procreó con él, en el Instituto de la Defensoría Pública podrán apoyarla designándole un abogado de oficio.



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