Estado de Referencia: Chiapas
en un juicio ejecutivo radicado en un juzgado comun del ramo civil, en la etapa de ejecucion se llevo a cabo la primera almoneda, sin embargo no hubo postores, pero para abrir la segunda almoneda el juez ordenó la actualizacion de los avaluos, pero debido a la epoca de lluvias, el bien embargado sufrió deterioros que hicieron ver los peritos al rendir su actualizacion de avaluos, a raiz de ello el juez ordenò la ratificacion de dichos avaluos y posteriormente ordenó dar vista a la parte deudora por tres dias, pero la deudora no hizo ninguna manifestacion y tampoco se inconformo, paro al solicitar se abriera la segunda almoneda el juez acordó que no habia lugar a la apertura de la segunda almoneda, por cuanto de la actualizaciuon de los avaluos se advertia que no estaban apegados a la realidad, negando la apertura de la segunda almoneda ¿que puedo hacer)