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DOTES DE DESPRESTIGIO EN DEMANDA DE DIVORCIO

  • Consulta : 224885
  • Autor : noev.p_NR
  • Publicado : Miércoles 19 de Marzo de 2014 10:09 desde la IP: 189.166.106.165
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,071
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  • Autor
    Consulta

  • noev.p_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Zacatecas

    se pretende tramitar una demanda de divorcio por la separacion de los conyugues por mas de un año, ellos tienen separados mas de ocho años, se casaron y no tuvieron hijos, se separaron pocos meses despues de casarce, pero nunca se divorciaron, ambos ya tienen hijos con otras personas y el hombre quizo tramitar su divorcio de forma voluntaria, ella firmo el convenio pero ya no quiere ir a ratificarlo ante el juez porque le informaron que si no lo firma el hombre podia tramitar divorcio necesario por la separacion y por que ya tienen hijos con otras personas, pero ellla quiere demandar dotes de desprestigio, ¿se pueden demandar esos dotes de desprestigio por parte de ella en su contestacion a la demanda y en que consisten esos dotes de desprestigio y cual es su fundamento legal?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 346288

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    no existe tal cosa de dotes de desprestigio de donde sacan tantas cosas si no quiere ir a firmar nadie la a a oligar y se vera sometida al traumante divorcio necesario y mas cosas peores a nivel moral y punto y al final quedara divorciada desgastada animina y economicamente en cambio si se divorcia voluntariaente le ira mejor.

    eso de las dotes de desprestigio se las esta inventando para no ir a firmar



  • Autor
    Respuesta No: 346308

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Coincido con la Lic. Rosa (Saludos) no existen los dotes de desprestigio.... si el demenada un divorcio argumentando abandoino ella solo puede contestar la demanda aceptando o negando los hechos y si bien puede formular una demanda reconvencional no menos cierto es que si demanda los dotes de desprestigio debería de ser con tintes a solicitar una reparación de daño moral pero no solo es demandar ... se debe probar en Juicio que dicho desprestigio se llevo a cabo y será el Juzgador quien determine o no el monto que corresponda solo que son dos materias diferentes... Una por cuanto hace al divorcio la materia FAMILIAR y otra por cuanto hace a la reparacion de daño moral por los dotes de desprestigio es la materia civil por lo que .... si gusta puede demandarla de manera paralela al divorcio pero por cuanto hace a éste, ni ayudará ni perjudicará que usted lo haga ... son cuerda separada



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