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DEMANDA DE PAGO DE PAGARé POR LA VíA ORDINARIA MERCANTIL
- Consulta : 157301
- Autor : tigloz_NR
- Publicado : Lunes 25 de Junio de 2012 13:43 desde la IP: 189.140.19.220
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,083
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 25 de Junio de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 272207
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Fecha de respuesta: Lunes 25 de Junio de 2012 22:46 2012-06-25 22:46 desde IP: 201.141.9.135
Toda vez que la prescripción no es de oficio, siempre es posible ejercer la acción ejecutiva aún transcurridos más de tres años del vencimiento del pagaré, si un Juez lo previene o desecha la demanda por una supuesta prescripción incurre en responsabilidad. Sólo el demandado puede oponer la prescripción en su caso.
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