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DAR DE BAJA POR DIVORCIO IMSS
- Consulta : 283509
- Autor : Danydey900
- Publicado : Martes 21 de Noviembre de 2017 13:04 desde la IP: 201.130.60.75
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,076
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 21 de Noviembre de 2017
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 396683
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Fecha de respuesta: Martes 21 de Noviembre de 2017 15:31 2017-11-21 15:31 desde IP: 189.245.92.7
Si no esta a su nombre el su hijo. si.
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Autor
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AutorRespuesta No: 396684
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Fecha de respuesta: Martes 21 de Noviembre de 2017 15:56 2017-11-21 15:56 desde IP: 189.179.166.96
No solamente es la sentencia. sino que tiene que causar ejecutoria. Para poder inscribirla en el Reg. Civil Consúltenos. Frontera 23-A. Col. Roma Norte. Telefono cincuenta y cinco catorce setenta y ocho noventa y siete.
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Autor
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AutorRespuesta No: 396685
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Fecha de respuesta: Martes 21 de Noviembre de 2017 15:56 2017-11-21 15:56 desde IP: 189.179.166.96
No solamente es la sentencia. sino que tiene que causar ejecutoria. Para poder inscribirla en el Reg. Civil Consúltenos. Frontera 23-A. Col. Roma Norte. Telefono cincuenta y cinco catorce setenta y ocho noventa y siete.
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Autor
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AutorRespuesta No: 396686
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Fecha de respuesta: Martes 21 de Noviembre de 2017 15:57 2017-11-21 15:57 desde IP: 189.179.166.96
No solamente es la sentencia. sino que tiene que causar ejecutoria. Para poder inscribirla en el Reg. Civil Consúltenos. Frontera 23-A. Col. Roma Norte. Telefono cincuenta y cinco catorce setenta y ocho noventa y siete.
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Autor
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AutorRespuesta No: 396687
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Fecha de respuesta: Martes 21 de Noviembre de 2017 15:57 2017-11-21 15:57 desde IP: 189.179.166.96
No solamente es la sentencia. sino que tiene que causar ejecutoria. Para poder inscribirla en el Reg. Civil Consúltenos. Frontera 23-A. Col. Roma Norte. Telefono cincuenta y cinco catorce setenta y ocho noventa y siete.
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Autor
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AutorRespuesta No: 396703
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Fecha de respuesta: Miércoles 22 de Noviembre de 2017 14:10 2017-11-22 14:10 desde IP: 189.180.244.245
tu abogado sabe que hacer... pedir copia certificada de la sentencia EJECUTORIADA, oficio al Registro Civil donde se casaron... pedir y pagar los derechos del acta de divorcio y la anotación marginal de la acta de matrimonio... pedir copia y con ella... desde luego.... dar de baja del imss... ya es su problema... es lo mas civilizado... muevete... tu abogado sabe que hacer... o ..o llevaste el juicio....?
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