Buenas tardes.
En un Contrato de "Reconocimiento de Adeudo con interes y Garantía Hipotecaria", por $ 100 mil se convino:
a) Un interés ordinario del 6% mensual sobre saldos insolutos durante la vigencia del contrato, en caso de no cubrir los intereses ordinarios en la fecha pactada, se generará un interés moratorio del 8% mensual sobre saldos insolutos hasta la fecha en que se cubra el pago de los intereses ordinarios
b) Un interés moratorio del 8% mensual sobre saldos insolutos a partir de la fecha de vencimiento del plazo para el pago del presente contrato.
Nota: 1. El contrato se estableció en 6 meses. 2. EL Deudor, cayó en mora desde el primer mes, y no realizó abono alguno. 3. Feneció el plazo de 6 meses, y el Deudor no pagó.
Pregunto: ¿Como se determina el Saldo Insoluto? ¿ Es aplicable el apartado de "MUTUO CON INTERES" del Código Civil para el Estado de México, artículo 7667 y 7669? ¿ Existe o no, capitalización de intereses en la redacción de los incisos a) y b) señalados?
Gracias de antemano, por sus respuestas.