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COMO TRAMITAR MI ESCRITURA
- Consulta : 283251
- Autor : baeznestor_sosa_NR
- Publicado : Martes 26 de Septiembre de 2017 21:42 desde la IP: 189.217.105.53
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,081
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 26 de Septiembre de 2017
Estado de Referencia: Distrito Federal
La propidad donde vivo aproximadamente mas de 10 años quedo intestada ya que mi padre fallecio, se hiso el juicio de intestado y mi madre quedo como albacea ,somos 5 hermanos los que vivimos en el predio ,mi pregunta es ¿puedo yo tramitar mi escritura de la parte que me fue asignada ? De antemano gracias -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 396104
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Fecha de respuesta: Miércoles 27 de Septiembre de 2017 16:36 2017-09-27 16:36 desde IP: 189.152.127.196
Si el bien inmueble admite subdivisión, si puede.
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Autor
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AutorRespuesta No: 396105
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Fecha de respuesta: Miércoles 27 de Septiembre de 2017 17:00 2017-09-27 17:00 desde IP: 189.238.149.195
Tienes que revisar si el juicio sucesorio intestamentario ya fue concluido, de ser así se hizo la partición y adjudicación de bienes (en la sentencia el juez ordena se gire oficio al notario público que haya designado el albacea para que cumpla con la resolución emitida y realice un instrumento público en el que conste el nombre de los nuevos propietarios, dicho instrumento es registrado el Registro Público de la Propiedad, y en esa dependencia te otorgan las escrituras) si es un predio para todos la propiedad es mancomunada (por que existe mas de un dueño) y en caso de que te otorguen la escritura no vendra especificado que parte del terreno es tuya porque quienes hayan heredado ese predio son dueños por partes de iguales de esa propiedad.
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Autor
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AutorRespuesta No: 396106
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Fecha de respuesta: Miércoles 27 de Septiembre de 2017 17:00 2017-09-27 17:00 desde IP: 189.238.149.195
Tienes que revisar si el juicio sucesorio intestamentario ya fue concluido, de ser así se hizo la partición y adjudicación de bienes (en la sentencia el juez ordena se gire oficio al notario público que haya designado el albacea para que cumpla con la resolución emitida y realice un instrumento público en el que conste el nombre de los nuevos propietarios, dicho instrumento es registrado el Registro Público de la Propiedad, y en esa dependencia te otorgan las escrituras) si es un predio para todos la propiedad es mancomunada (por que existe mas de un dueño) y en caso de que te otorguen la escritura no vendra especificado que parte del terreno es tuya porque quienes hayan heredado ese predio son dueños por partes de iguales de esa propiedad.
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Autor
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AutorRespuesta No: 396107
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Fecha de respuesta: Miércoles 27 de Septiembre de 2017 17:14 2017-09-27 17:14 desde IP: 189.238.149.195
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AutorRespuesta No: 396202
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Fecha de respuesta: Miércoles 04 de Octubre de 2017 16:52 2017-10-04 16:52 desde IP: 189.141.5.113
¿puedo yo tramitar mi escritura de la parte que me fue asignada ?.......haces creer que el juicio sucesorio intestamentario a bienes de tu padre ha terminado...y que en la cuarta sección se te adjudicó una fracción del predio ...si es así... necesitas que el abogado que llevo el asunto... saque las copias certificadas de ese expediente... y que las revise un notario... para que te diga si pides la orden de escrituración o promueves juicio civil para que te separes de la sucsión y puedas escriturar solo la parte que te correspknde... tu abogado sabe que hacer...
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