- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
COMO RECUPERAR A MI HIJA
- Consulta : 282739
- Autor : verito si
- Publicado : Lunes 12 de Junio de 2017 20:16 desde la IP: 187.254.97.20
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,113
-
AutorConsulta
-
Publicado el Lunes 12 de Junio de 2017
Estoy separada de mi esposo y ya no hay reconciliacion, seguiamos viviendo juntos en casa de su mama (apenas estabamos viendo el proceso de separacion para el divorcio porque el se negaba y yo no queria abandonar el domicilio conyugal), el problema es que antier que regresaba de trabajar se me impidio la entrada y no me dejan ver a mi hija de 2 años que puedo hacer en este caso no cuento con recursos y me da miedo de que se la lleve. y en argumento legal me puedo amparar ya que lo unico que me importa es recuperar a mi hija y su manutencion solamente puedo levantar alguna demanda o alguna querella para recuperarla en lo que se tramita el divorcio.
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 394623
-
Fecha de respuesta: Martes 13 de Junio de 2017 10:06 2017-06-13 10:06 desde IP: 187.220.94.57
No importa que usted haya abandonado el domicilio conyugal por la fuerza o por voluntad ya que el divorcio ya no necesita causal y usted no pierde por eso ningun derecho, respecto de la niña por su edad debe permanecer con usted, si tiene mas dudas o requiere mas informacion comuniquese y con gusto la atenderemos en el 9 1 8 3 3 8 0 4 y 5 2 6 4 2 6 6 7
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 394625
-
Fecha de respuesta: Martes 13 de Junio de 2017 11:02 2017-06-13 11:02 desde IP: 187.228.136.169
verito si:
Haga caso omiso de la respuesta del forista CONSULTORIADEG4RUPO5, de quien lo menos que se puede decir es que es un ignorante del derecho que más le vale quedarse callado en vez de dar consejos como el que le dio a usted y que demuestran su pleno desconocimiento del derecho.
En efecto, resulta que el domicilio conyugal es inexistente en razón de que ustedes se fueron a vivir a la casa de su suegra, de tal manera que de conformidad con los elementos constitutivos del concepto "domicilio conyugal" y la jurisprudencia firme de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ustedes viven de "arrimados" en el domicilio de su suegra en el que usted carece de facultades de decisión y, por lo mismo, el domicilio conyugal es inexistente, circunstancia que es la que nos da la solución a su problema, claro está, siempre y cuando se conozca el derecho, como yo lo conozco y a continuación demuestro.
Por principio de cuentas es menester tomar en consideración que también la jurisprudencia firme establece que el padre de un menor carece de responsabilidad penal por el delito de secuestro si es que se lleva a su hija, porque precisamente por ser el padre goza del derecho de la patria potestad, pero el asunto es totalmente diferente en tratándose de quienes ayudan al padre en la comisión de esos actos, de tal manera que la suegra de usted se debe tener legalmente como autora del delito de privación ilegal de la libertad, sobre todo porque ella es la dueña de la casa donde la hija de usted se encuentra encerrada y privada de su libertad.
Usted omitió mencionar en su consulta cuál sea el régimen económico de su matrimonio y si es sociedad conyugal, pero de cualesquier manera nos encontramos en presencia de otro delito por el cual su marido puede ser detenido y procesado por juez penal, junto con la suegra de usted, y en este caso me refiero al delito de robo agravado por haber sido cometido en el interior de un inmueble, cuenta habida que usted salió e esa casa dejando dentro de ella su ropa, joyas y demás pertenencias personales que le fueron desposeídas sin el consentimiento de usted, conducta que la ley tipifica como robo.
Como anteriormente apuntaba, usted omitió mencionar en su consulta cuál sea el régimen económico de su matrimonio y si es sociedad conyugal, pero si se trata de este régimen, también existe el robo, cuestión que está perfectamente dilucidada por la misma Suprema Corte de Justicia de la Nación, al sentar la jurisprudencia firme de que el hecho de que una de las partes impida que la otra pueda detentar la posesión de los bienes comunes es constitutiva del delito de robo entre cónyuges.
Así que corra, pero ya, con el agente del Ministerio Público que corresponda a la ubicación de su domicilio, y denuncie los delitos que le he mencionado, para lo cual le sugiero que imprima esta consulta para que tenga la ayuda del contenido de mi respuesta, porque todavía hay agentes del Ministerio Público reacios a admitir la existencia de delitos como los que le he expuesto.
Cuando levante su denuncia requiera y hasta exija que el agente del Ministerio Público la acompañe a la casa e su suegra para que de fe de que las llaves de usted son incapaces de abrir la puerta, y si esta visita se hace (preferentemente) en horas en que su hija se encuentre dentro de la casa, requiera que se le entreviste como testigo y se asegure (detenga) a su suegra por ser ella quien la estará privando de su libertad y en esos momentos existe la flagrancia del delito.
Como usted podrá ver, de mi parte sí que le demuestro ser un abogado competente mientras que el forista CONSULTORIADEG4RUPO5 es tan sólo un personaje que pretende que usted se ponga en contacto con él para sacarle dinero pero ya demostré que ni sabe de lo que habla.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 394692
-
Fecha de respuesta: Jueves 15 de Junio de 2017 08:26 2017-06-15 08:26 desde IP: 187.220.94.57
La verdad no acostumbramos discutir con pseudo abogados de internet que ocupan sus "valiosos conocimientos" con largas respuestas en este foro en vez de ponerse a trabajar, pero le invito a que haga lo que le aconseja el forista MAGISTER CURIAE para que pase un muy mal rato pretendiendo que el Ministerio Publico la acompañe a la casa de su suegra Y NOS CUENTA QUE MAS PASO. saludos.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 394701
-
Fecha de respuesta: Jueves 15 de Junio de 2017 11:09 2017-06-15 11:09 desde IP: 187.228.136.169
verito si:
Haga caso omiso de la respuesta del forista CONSULTORIADEG4RUPO5, quien es tan desconocedor del derecho que ahora pretende que usted le enseñe narrándole las experiencias que él debe tener.
-
Autor






