Estado de Referencia: Puebla
Hola, mi nombre es Maria, estoy realizando un estudio antropológico en un ejido y al revisar los documentos de posesion encuentro que recibio una superficie de 786 ha a traves de una dotación y una ampliacion. Sin embargo en el acta de de delimitacion y destino de tierras ejidales, me encutro que en la medición del PROCEDE se define una superficie total de 1,026 ha, indicando diferentes usos para 849 y considerando el resto como achurada (entiendo que en excedencia). A la fecha el ejido sigue aprovechando las 1026, mi duda es si la diferencia le pertenece. Es propietario legal de las 1026, o solo de las 786 que recibio en las dos acciones agrarias, en su caso cual es la situación jurídica del resto?
Espero puedan ayudarme, gracias.