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CONSULTA
- Consulta : 162162
- Autor : jdrf_20_NR
- Publicado : Jueves 26 de Julio de 2012 13:40 desde la IP: 189.158.74.230
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,077
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 26 de Julio de 2012
Estado de Referencia: Tamaulipas
Buenas tardes.
Ojala y me puedan orientar un poco con este problema, porque no tengo idea.
me llego un citatorio en donde me decian que me tenia que presentar para una diligencia judicial conciliatoria, dentro de ese documento mencionaba los art. 842 y 51 fracc. 3 del codigo de procedimientos civiles
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 277327
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Fecha de respuesta: Jueves 26 de Julio de 2012 13:46 2012-07-26 13:46 desde IP: 189.180.63.61
es importante se haga de los servicios de un abogado especialista en materia civil, no menciona la causa para lo cual lo citan sin embargo lo menciona usted mismo "LA IDEA ES LLEGAR A UN ARREGLO" CONCILIAR, dice un dicho juridico que MAS VALE UN MAL ARREGLO QUE UN BUEN PLEITO... asi que acuda a la cita, no vaya sin un abogado que lo aconseje... saludos
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