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EN EL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL EL TITULO DE CREDITO DEBE OFRECERSE COMO PRUEBA Y SI NO SE ESPECIFICA ASI QUE SUCEDE
- Consulta : 128881
- Autor : angeles1313
- Publicado : Miércoles 26 de Octubre de 2011 12:14 desde la IP: 189.183.109.80
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,082
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 26 de Octubre de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 243182
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Fecha de respuesta: Miércoles 26 de Octubre de 2011 13:29 2011-10-26 13:29 desde IP: 187.135.34.34
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Autor
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AutorRespuesta No: 243187
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Fecha de respuesta: Miércoles 26 de Octubre de 2011 14:28 2011-10-26 14:28 desde IP: 201.165.169.169
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Autor
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AutorRespuesta No: 243192
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Fecha de respuesta: Miércoles 26 de Octubre de 2011 15:10 2011-10-26 15:10 desde IP: 201.110.213.240
Buenas tardes:
Para darle una opinión acertada es necesario conocer la sentencia que dictó el juez natural, pues únicamente del contenido de dicha sentencia se puede saber si existe una violación a la contraparte.
También es importante saber que otras pruebas ofreció de su parte en el juicio ejecutivo mercantil y también es necesario analice si su contraparte agoto el principio de definitividad.
Le invitamos a que se contacte con nosotros para una mayor asesoría mediante nuestra oficina virtual de este mismo sitio, o bien, directamente a través de nuestro portal electrónico . RIVALEGAL donde puede encontrar todos nuestros datos.
Gracias
Atentamente
RIVALEGAL
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Autor
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AutorRespuesta No: 243240
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Fecha de respuesta: Miércoles 26 de Octubre de 2011 21:35 2011-10-26 21:35 desde IP: 187.194.59.170
Es tan simple que hasta suena tonto:
Son los Criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
(Jurisprudencia Número 1962, de la Suprema Corte de Justicia dela Nación, Páginas 3171 y 3176 del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1988, Segunda Parte.)
“TITULOS EJECUTIVOS, SON PRUEBA PRECONSTITUIDA.- Los documentos a los que la ley concede el carácter de títulos ejecutivos, constituyen una prueba preconstituida de la acción.” Pasando a robustecer la cita por medio de esta otra: (Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, Jurisprudencia, Página 593, Tomo VI, Segunda Parte-2, de la Octava Época, Publicada en el Diario Oficial de la Federación.)
“PAGO O CUMPLIMIENTO, CARGA DE LA PRUEBA.- El pago o cumplimiento de las obligaciones corresponde demostrarlo al obligado y no el cumplimiento al Actor.”.- Amparo Directo 1097/89.- Emilio Ortega Colín.- 30 de enero de 1990.- Unanimidad de 4 votos.- Ponente: Salvador Bravo Gómez.- Secretario: Fernando Lindez Varga
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AutorRespuesta No: 243245
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Fecha de respuesta: Miércoles 26 de Octubre de 2011 21:47 2011-10-26 21:47 desde IP: 187.194.59.170
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AutorRespuesta No: 243252
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Fecha de respuesta: Miércoles 26 de Octubre de 2011 22:13 2011-10-26 22:13 desde IP: 187.141.102.198
Tu pregunta fué un poco vaga, si anexaste el documento a la demanda es suficiente para que se tome comp prueba, aunque no hayas mencionado precisamente en tu escrito que lo ofrecías como prueba ya que como dicen los anteriores abogados es una prueba preconstituída y corresponde al demandado demostrar las excepciones que tenga, pero si nisiquiera lo presentaste con tu escrito de demanda pues ahí si no hay manera de que pruebes lo que mencionas en tu demanda a menos que hubiera una confesión del demandado.
Eso es lo que te puedo decir con base en tu pregunta.
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