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DEPóSITO DE PENSIóN ALIMENTICIA EN OTRO LADO...

  • Consulta : 163441
  • Autor : kydp8_NR
  • Publicado : Lunes 06 de Agosto de 2012 12:34 desde la IP: 189.178.36.55
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,075
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  • Autor
    Consulta

  • kydp8_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Buenas tardes, me dirijo a ustedes con la finalidad de poderme asesorar de forma correcta, ya que no cuento con un abogado que me auxilie, el caso es el siguiente: soy madre divorciada y con una hija de 5 años, su padre accedió a darme la pensión alimenticia sin embargo, al abrir yo la cuenta bancaria para el depósito de la misma en la empresa en la que trabaja él me dicen que NO PUEDEN DEPOSITAR LA PENSIÓN EN LA CUENTA QUE ABRI (A PESAR DE SER DEL MISMO BANCO EN EL QUE DEPOSITAN LA NÓMINA) YA QUE POR POLÍTICAS INTERNAS DE LA EMPRESA YO TENGO QUE IR POR EL CHEQUE HASTA ALLA Y FIRMAR, el problema es que por cuestione de trabajo, permisos, distancias y tiempos a mi se me complica muchisimo ir hasta alla por ellos por lo que varias veces estos se han acumulado, LA CONTADORA DE LA EMPRESA ME COMENTO QUE SÓLO PUEDO HACER QUE ALGUIEN MAS VALLA POR ELLOS CON CARTA NOTARIADA, ¿ME PODRÍAN DECIR SI EXISTE ALGUNA FORMA DE SOLICITAR QUE SE ME DEPOSITE LA PENSION EN LA CUENTA QUE ABRI??

    De antemano gracias por su ayuda!

     

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  • Autor
    Respuesta No: 278880

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Tendría que solicitar al Juez ordene a la empresa el deposito a la cuenta que aperturó, porque efectivamente el patrón del padre de su hija, no puede modificar la forma de pago por un acuerdo con Usted, sino que sólo por orden judicial puede proceder a realizarlo.

    Ello en virtud de que necesitan comprobar que Usted ha acudido y recibido las cantidade que por concepto de pensión alimenticia le corresponden.

    Así que promueva en el expediente donde se ordenó el pago de la pensión alimenticia para su hija y explique  su situación sobre no poder acudir a la empresa a cobrar la pensión, proporcionando los datos de su cuenta, para que tomando en cual tal circunstancia, el Juez ordene lo conducente.

    Suerte!



  • Autor
    Respuesta No: 278881

  • LICNORMAVALLEJO
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    BUENAS TARDES KYPD8:

    Solamente que el juez que conocio su asunto de pension alimenticia, asi lo ordene a la empresa. Porque no solo por politicas de la empresa, sino por ley tienes que ser tu personalmente la que recoga ese dinero, o tambien podrias optar por lo que te recomendo la contadora, otorgale un poder a una persona de tu confianza para que pueda recoger ese dinero.  Suerte.



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