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ME VENDEN UN TERRENO CON PRESCIPCION POSITIVA, ME DICEN QUE NO LO COMPRE QUE HAGO?

  • Consulta : 120176
  • Autor : conceptradical_NR
  • Publicado : Martes 19 de Julio de 2011 13:39 desde la IP: 187.152.168.92
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,077
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  • Autor
    Consulta

  • conceptradical_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Necesito de su ayuda: me venden un terreno y el que me vende me dio una copia que le dio la Ciudad de Mexico,

    Consejeria Juridica y de Servicios Legales

    Direccion General del Registro de la Propidad y de Comercio

    Direccion de Proceso de Registral Inmobiliario y de Comercio

    Subdireccion de Proceso Registral Inmobiliario

    JefaturaDepartamental de Embargos

    Eso dice la hoja que me dio el que me vende y dice: la inscripcion de prescripcion positiva respecto del bien inmueble inscrito en el folio XXXXX le informo: Con fundamento en los articulos 3043 del codigo civil y 13 del Reglamento del Registro de Publico de la Propiedad ambos ordenamientos para el Distrito Federal, el dia X de XXXX quedo anotado el acto solicitado en el folio XXXXX

    Este dictamen puede es valido?

    puedo comprar este inmueble o tendre problemas?

    el que me vende dice que las escrituras estan a su nombre? y que este oficio que les menciono da la aceptacion positiva a ser el el dueño..

    Que hago ya que invertire mis ahorros..

     

    SIn mas por el momento agradeceria con toda sinceridad me pudieran ayudar y si es posible hacer mismo el cambio de dueño con alguno de ustedes..

    Muchas gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 231573

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Cuando alguien adquiere una propiedad por prescripción positiva, el título de propiedad es la sentencia o en su caso, la validación por parte del Registro Público de la Propiedad.

    Acuda al Registro Público de la Propiedad y solicite un certificado de libertad de gravámenes y en vía de mientrás una constancia de folio real.

    El primero tarda unos 15 dias en que se lo den, el segundo se lo dan el mismo día.

    Ahí usted podrá verificar que la persona que le vende aparece como propietario en el Registro Público de la Propiedad.

    Por otra parte, si usted quiere realizar la compraventa, hagalo ante un Notario Público, el se encargará de revisar toda la información y le dirá si es viable o no la operación.

    Una vez que haya elegido a un Notario, acuda a la Dirección de Regularización Patrimonial, con copia de la boleta predial del inmueble y copia de su identificación, para que le den una constancia de participación de la Jornada Notaria y su escrituración se hará conforme al valor catastral del inmueble, siempre que éste no sea mayor de 1;200,000.00 (el valor catrastral, no el comercial).

    Así sale super accesible el costo de escrituración.

    Por más barato que le salga el terreno, si no lo hace ante Notario, puede poner en riesgo su patrimonio.

    Saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 231594

  • Israel DF
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    muchas gracias hare todo ante un notario, ya hable con el que me vende y no tiene ningun problema en acudir tanto el como yo ante el notario, me dijo que no saco escrituras para que no se hiciera doble gasto y directamente las escrituras salgan a mi nombre, eso es viable? si es de fiar? independientemente que mañana tengamos la cita ante el notario? 

    Una vez que el notario me de escrituras de ese terreno por ser prescripcion positiva corro el riego que en X dias salga otro dueño y me quite el terreno? o con el notario jamas tendre problemas?

    muchas gracias por tu tiempo

    saludos

     



  • Autor
    Respuesta No: 231605

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Por eso es importante pedir la constancia de folio real en el Registro Publico de la Propiedad.

    Cuando usted esté en trámite de escrituración, el Notario manda inscribir los avisos preventivos, esto es, informan que usted está por comprar el terreno.

    Eso se hace precisamente para que no puedan sorprender a las personas vendiendo a dos al mismo tiempo.

    Pero todas esas dudas, también planteeselas al Notario.

    Suerte!!



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