Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

PENSION ALIMENTICIA

  • Consulta : 175984
  • Autor : oflores3301_NR
  • Publicado : Jueves 08 de Noviembre de 2012 11:46 desde la IP: 207.249.174.253
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,075
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • oflores3301_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Gracias, la pregunta es : que paso si dejo 2 meses de depositar la pensión alimenticia? y existe la posibilidad de ya no dar la pensión ya que en el mes de diciembre cumple 18 años

    gracias

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 291295

  • sotnas125
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Mientras no exista resolución judicial que te exima de dicha obligación, debes seguir realizando las aportaciones al acreedor alimentario como quedo establecido.   En caso de incumplimiento, el acreedor alimentario puede inconformarse e instaurar demanda en tu contra para obligarte a cumplir. Por otra parte, el hecho de que el acreedor alimentario cumpla mayoria de edad, no es causa para dejar de aportar los alimentos, porque si acredita que continua estudiando, la obligación del deudor alimentario es seguir con las aportaciones alimentarias hasta el término de los estudios técnicos o universitarios según sea el caso. Y para dejar de cumplir con esta obligación el deudor alimentario tiene que instaurar una demanda en contra del acreedor, y previa acreditación de pruebas el Juez que conoce del caso emitirá una resolución. Y hasta que la sentencia cause ejecutoria, el deudor queda eximido de dicha obligación.



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión