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SE PUEDE EJECUTAR EL AUTO DE EXEQüENDO DICTADA LA SENTENCIA?

  • Consulta : 175728
  • Autor : e_guevara_arellano_NR
  • Publicado : Martes 06 de Noviembre de 2012 14:20 desde la IP: 189.183.186.223
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,067
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  • Autor
    Consulta

  • e_guevara_arellano_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Nuevo León

    Buenas tardes, la duda es la siguiente: en un juicio ejecutivo mercantil me reservé el derecho a señalar bienes a la hora del emplazamiento, continué con el procedimiento por todas sus etapas y se dictó sentencia. Solicité se constituyera el actuario en el domicilio para señalar bienes y medios de apremio en caso de no dejarnos entrar a la casa, pero me dicen que no porque la sentencia no ha causado ejecutoria. Yo no quiero ejecutar la sentencia, yo quiero ejecutar el auto de exeqüendo, perfeccionar el ambargo, es correcto lo que solicité o no? Saludos y Gracias de antemano.

     

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