Tengo 25 años trabajando en mi empresa, que aunque es de ley isste soy apartado A , además tengo contrato colectivo y tengo derecho a 22 días de vacaciones anuales, todos tomamos 10 en diciembre.
Dos días puedo elegir cuando tomarlos, pero los otros diez los quiero tomar de día por día (o de 2 en 2 o como guste) para trámites personales, nos dicen que no se pueden tomar día por día.
Quiero preguntar si esto acaso no es posible ya que de acuerdo al art 78 de la ley mínimo debo tomar 6 juntos y esto se cumple con las vacaciones de diciembre.
Hay algún impedimento legal? No encuentro en la LFT algún impedimento.
En la ley del isste no encontré nada para vacaciones de empleados de gobierno, hay otro documento complementario?