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COMO DE REPRESENTAR A UNA MORAL ?(SIN ESTAR DEBIDAMENTE CONSTITUIDA)

  • Consulta : 141167
  • Autor : oscarreal123_NR
  • Publicado : Miércoles 07 de Marzo de 2012 21:23 desde la IP: 189.220.189.150
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,081
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  • Autor
    Consulta

  • oscarreal123_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Nuevo León

     

    Les agradesco por adelantado su ayuda y atencion!!!!!!!!!!!!!!!!

    En mi corta carrera de dos años como litigante e representado a varios trabajadores y patrones, debidamente constituidas, pero es el caso que hace unos dias acudio ante mi una persona que tiene un taller mecanico a quien demandaron por un despido injustificado, en el cual se le demanda una cantidad estratosferica de horas diarias, y en mi criterio pretenden prestaciones absurdas; mi pregunta es, si demandaron: al taller "el mofles" y/o persona fisica (cliente, dueño del taller) y/o quien resulte responsable de la fuente laboral; deberia contestar la demanda unicamente por la persona fisica y señalar que el taller el mofres es unicamente un nombre denominado por lo cual es imposible su llamado al juicio o contestar ambas y en este caso como apersonar a juicio al taller si no es una moral realmente constituida, por lo cual me es imposible acreditarme como apoderado de dicho taller.

     

    agradesco sus comentarios.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 257222

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    ¿De verdad lleva dos años litigando? La demanda se debe consestar por las personas físicas demandadas aclarando que "El Mofles" es nombre comercial, además de que si "El Mofles" resultara obligada a cubrir las prestaciones, ¿Cómo le cobran? Sólo asegúrese de escribir en sus promociones correctamente "agradezco".



  • Autor
    Respuesta No: 257224

  • el_ro_ro
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Seré muy franco, en la actualidad no tengo práctica en Laboral pero lo que si me parece es que es imposible no nomás demandar, sino también emplazar a juicio al Taller porque como bien dices, no existe como persona moral, luego entocnes como no es una persona con capacidad para contratar y obligarse, tampoco puede ser representada.
     

    En mi opinion sí, debe contestar la demanda por el Patrón y hacer la aclaración que el Taller es un nombre comercial que identifica a una negociación mercantil, lo cual para nada genera personalidad juridica hacia éste.

     

    No creo que trascienda mucho la falla de su contrario porque con la suplencia a favor del trabajador y el proteccionisme de éste por la ley se solventa prácticamente toda falla u omisión en su perjuicio, pero usted si debe ser muy cuidadoso a que esa ventaja no opera para su cliente (Patrón).

     

    Espero le haya sido de utilidad, a la orden.



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