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DISOLUCION DE SOCIEDAD CONYUGAL

  • Consulta : 121966
  • Autor : rmendoza91_NR
  • Publicado : Viernes 05 de Agosto de 2011 20:40 desde la IP: 189.136.151.24
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,080
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  • Autor
    Consulta

  • rmendoza91_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Hola quisiera que me ayudaran pues no entiendo mucho de leyes y tengo una gran duda.

    Estuve casada por sociedad conyugal, antes de divorciarme compre un inmueble donde puse como propietarios a mis hijos y yo como usufructuaria, esto dos años antes de mi divorcio, mi divorcio fue necesario el juez pide al padre de mis hijos desocupe el inmueble y le impide acercarse 200 metros a la redonda. El caso es que ahora después de tres años de divorciada el está peleando el 50% de los bienes que se adquirieron durante el matrimonio, antes de hacer esta escritura del inmueble me estuve asesorando con algunos notarios y abogados, diciéndome que así hiciera la escritura como usufructo no entraría en la sociedad conyugal. El caso es que ahora me dice mi abogado que el ya gano el 50% de este usufructo y el juez me está dando un amparo para que el no pueda hacer uso de él. Como es que en primera mi divorcio siendo necesario y alejando a esta persona ahora el juez diga que tiene el 50 % de este. Ahora creo que está peleando que yo le de un dinero por estar ocupando su mitad del usufructo. como es que me aconsejaron que el usufructo no entraba en la sociedad y ahora resulta que sí. Podre hacer algo al respecto?

    Atentamente

    Sra. Mendoza

     

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  • Autor
    Respuesta No: 234279

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola.

    Mire usted... recuerde que la sociedad conyugal se se encuentra al 50% para cada quien y usted compra un inmueble 2 años antes de disolverse el matrimonio INCLUSO EN ESTE MOMENTO continua dicha sociedad si en la disolucion no se peticiono LA LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL

    Esto es... puede peticionarse la disolución de la sociedad AUN NO HAYA DIVORCIO de la misma forma puede continuar una sociedad si no se ha liquidado la misma.

    Ahora bien... la casa la compra usted y la pone a nombre de sus hijos...esto es... el 50% de SU PROPIEDAD es la que pone a nombre de sus hijos. Nadie puede donar lo que no es suyo. Si usted estaba casada por sociedad solo la mitad de la casa le correspondìa a usted y solo esa mitad es la que pone a nombre de ellos. El otro 50% es y siempre ha sido de su marido.

    Teniendo ese 50% su marido .... èl pide el 50% del usufructo del cual usted goza. Pero curiosamente su abogado solo pide eso .. el 50% del usufructo. Hubiere sido mejor que peleara ese 50% del inmueble en lugar del 50% del usufructo. Su abogado insisto SEBIO HABER SOLICITADO LA DISOLUCION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL al momento de solicitar la disolucion del vinmcvulo matrimonial.

    Saludos



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