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EL DEMANDADO NO ATIENDE EL CITATORIO QUE SE LE DEJA EN EL DOMICILIO
- Consulta : 166510
- Autor : licaduran1_NR
- Publicado : Viernes 24 de Agosto de 2012 21:02 desde la IP: 187.205.175.17
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,083
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 24 de Agosto de 2012
Estado de Referencia: Guanajuato
Estimados colegas:
Resulta que llevo un juicio ejecutivo mercantil en el estado de Querétaro, acudimos a emplazar al demandado, nos atienden en la primera búsqueda los parientes y se le deja citatorio al demadado para el dia siguiente, luego regresamos y no solo no espera el demadado sino que ya no sale nadie del domicilio, esto ya pasó dos veces y los actuarios no quieren hacer uso de la fuerza pública ni del cerrajero porque no les consta que haya alguien adentro, de todas formas si entramos seguramente no habra nadie con quien entender la diligencia, el juez se niega a que se entienda la diligencia con cualquier persona que salga en la próxima visita, dice que a fuerza se debe entender en la primera con el demandado o volverle a dejar citatorio, lo cual es ridículo pues con el citatorio le estoy avisando cuendo deben de salirse de la casa, ya busqué jurisprudencia al respecto y todas dicen que hya que dejarse citatorio y si no espera hay que entenderla con los parientes emplados o cualquier persona que viva en el domicilio, pero no ninguna dice que pasa si pese al citatrorio no hay nadie en el domicilio,
En el estado de guanajuato donde regularmente litigo el acturio deja citatoprio y si no espera se levanta oposición y si no hay nadie se dan nueva fechas hasta que se encuentre a alguien con quien enterder la diligencia, pero no es necesario dejar múltiples citatorios.
Quisiera encontrar algún sustento legal para que el juez no me obligue a estar dejando citatorios indefinidamente al demandado, ojalá alguien de querétaro me indique cual es el criterio de los jueces para esos casos.
gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 282220
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Fecha de respuesta: Viernes 24 de Agosto de 2012 22:11 2012-08-24 22:11 desde IP: 201.152.246.63
licaduran1:
Si a la persona que va a emplazar no lo espera en el domicilo como se le notifico, esta cometiendo un delito de desobediencia a un mandato legitimo de autoridad.
Saque copia de dicha notificacion y la razon que levanto el actuario y querellese en el ministerio publico para que sea este quien lo mande a comparecer.
Saludos.
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Autor





