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CONTROVERSIA DE ARRENDAMIENTO
- Consulta : 229230
- Autor : lilimacorina_NR
- Publicado : Domingo 11 de Mayo de 2014 09:44 desde la IP: 201.141.161.16
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,080
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 11 de Mayo de 2014
Estado de Referencia: Distrito Federal
Hola, quiero saber si existe responsabilidad sobre mi abogado sobre el siguiente asunto: Lo contrate para realizar una demanda por falta de pago de un inquilino, le entregué un poder notarial que me fue otorgado por el dueño. El punto es que el abogado me dijo que tendríamos que notificar un viernes, que yo tenía que ir con un representante del buffete por el actuario a una fecha establecida con 15días de anticipación y de pronto el inquilino se sale sin previo aviso y el abogado ahora me recomienda desistirme de la demanda y no me quiere devolver el poder notarial porque según el esta en el juzgado. En la demanda se dice que el poder se presenta en copias simples y el original para cotejo que se solicita se devuelva por ser necesario para otros asuntos, pero a mi el abogado no me lo quiere devolver...
La primer pregunta es, se sabe con tanta anticipación que un actuario puede realizar la diligencia de notificación?
La segunda, es cierto que el juzgado se queda con el poder notarial aún cuando se solicita en la demanda?
Tercera, en caso de que el abogado que contraté mienta, qué responsabilidad adquiere, cómo puedo hacer para que me regrese mis documentos originales que le entregué y él que podría hacer con ellos que me perjudique?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 354613
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Fecha de respuesta: Domingo 11 de Mayo de 2014 13:56 2014-05-11 13:56 desde IP: 201.103.103.36
"...de pronto el inquilino se sale...". Suele suceder. El inquilino desocupa el inmueble en esta etapa del procedimiento, sin que el abogado tenga responsabilidad alguna. De hecho, que bien que se salgan los demandados, y no tenga que agotarse el procedimiento, puesto que es mayor inversión de tiempo, de dinero y esfuerzo...en perjuicio del cliente.
No es que no quiera devolverle su documento. Su abogado está siendo claro: El poder notarial está en el juzgado. Ya está autorizada la devolución, sólo es cuestión de recogerlo.
A sus primeras dos preguntas, la respuesta es: Sí.
La tercer pregunta ya está contestada, con lo anteriormente explicado.
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