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PROBLEMA CON CREDITO HIPOTECARIO
- Consulta : 228462
- Autor : adair678_NR
- Publicado : Jueves 01 de Mayo de 2014 06:00 desde la IP: 187.192.230.228
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,077
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 01 de Mayo de 2014
Estado de Referencia: Nayarit
Vivo en una casa hipotecada y en la cual desde hace 5 años dejo de pagarse la mensualidad correspondiente por diversos motivos; asi transcurrio el tiempo hasta que al dia de hoy se presento una persona del juzgado para notificarme una demanda del banco en la que me pide que me presente para que me sea leida la demanda correspondiente. No tengo dinero suficiente para pagar el monto total del adeudo, y entonces les solicito su ayuda para saber que debo de hacer. Gracias por su ayuda.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 353996
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Fecha de respuesta: Jueves 01 de Mayo de 2014 08:42 2014-05-01 08:42 desde IP: 189.210.253.56
En primer lugar, debo decirle que el día de hoy, por ser día del trabajo, las actividades de los Tribunales están suspendidas, por lo que la persona que se constituyó en su domicilio, definitivamente no es ningún funcionario judicial, y menos para notificarle de una demanda a la que usted deberá comparecer ante un juzgado para que le sea leída.
Lo anterior, porque además de ser día inhábil, en los casos en que se constituye un actuario a un domicilio para notificar y emplazar a juicio a la persona demandada, dicho funcionario debe identificarse plenamente, mostrando el gafete que para tales efectos les expide el Tribunal Superior de Justicia; aunado a ello, dicho diligenciario debe observar una serie de formalidades, como lo es que debe cerciorarse que la persona a quien busca, vive y habita en el domicilio en que se encuentra constituído, y una vez constatado, si lo encuentra presente y la diligencia la entiende personalmente con él, debe hacerle saber el motivo de su presencia, requiriéndolo por el inmediato pago de las cantidades reclamadas, y en caso que no lo haga en ese momento, lo conmina para que señale bienes de su propiedad que sean bastantes para garantizar lo demandado, apercibiéndolo que, si no lo hace, el derecho a señalarlos pasa a la parte actora, y a continuacióin, le correrá traslado con las copias simples de la demanda y documentos anexos a la misma; es decir, le entrega en ese momento físicamente un tanto de la demanda, y le hace saber que cuenta con un determinado número de días para que comparezca al juzgado, por escrito, a contestarla, así como también para que señale domicilio para oír y recibir notificaciones en el lugar del juicio; adicionalmente, también le entrega una copia del acta levantada conmotivo de dicha actuación.
Como usted podrá advertir entonces, el actuario no se concreta a decirle que está demandado, y que debe presentarse al juzgado para que le lean la demanda.
En consideración a lo anterior u con base en la información que usted proporciona, es más factible que un empleado de la Institución Financiera o del despacho a quien se encomendó la cobranza, segunramente en la vía extrajudicial, es decir, sin contar con facultades para demandar, se hizo pasar por dicho funcionario judicial, a efecto de que, mediante ese tipo de intimidación, usted se acerque con ellos para pagar o, cuando menos, celebrar un convenio extrajudicial en el que se reestructure su deuda, de forma tal que pueda ponerse al día en el pago de las mensualidades vencidas.
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