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EFECTOS LEGALES DE QUIéN RECIBE UN PODER DE ADMINISTRACIóN DE UNA SOCIEDAD

  • Consulta : 274798
  • Autor : juanmaz_3_NR
  • Publicado : Domingo 23 de Agosto de 2015 15:40 desde la IP: 187.135.68.158
  • Tipo de Usuario :
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  • Autor
    Consulta

  • juanmaz_3_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Trabajo en un despacho contable y me dijeron que me otorgarían un poder para realizar trámites ante el SAT y el banco en una de las empresas que manejan, accedí, y en efecto así fue hasta el día de hoy, se necesitó hacer un trámite en hacienda, esto fue a principios del año, sin embargo me entere que en unos días moverán recursos de dudosa procedencia hacia esta empresa la cual menciono, con este antecedente mi duda es la siguiente, que alcances o repercusiones legales pueden imarme si el poder que tengo tiene la siguientes características que extraje de mismo, no soy experto en el tema y me gustaria saber las posibles implicaciones legales del tema:

    PRIMERA….la sociedad otorga PODER ESPECIAL PARA ACTOS DE ADMINISTRACION a favor de la señora…..con todas las facultades generales y las particulares que requieren de poder o clausula especial conforme a la ley en los siguientes términos:

    SEGUNDAel presente poder esta limitado en los términos del articulo  19  del código fiscal de la federación para llevar tramites ante el sat imss y dependecias de gobierno (en síntesis)

    TERCERA podrá llevar a cabo apertura de cuentas bancarias, la cancelación de las mismas o cualquier otro despacho  referente a créditos y contratos ante cualquier institución de crédito, poder otorgar  y suscribir títulos de crédito conforme  al articulo 9 de la ley de  títulos y operaciones de crédito. En forma enunciativa y no limitativa  podra suscribir, endosar, AVALAR, RECIBIR PAGOS, PROTESTAR, ACEPTAR PARA SUS PAGOS, PAGAR CAMBIAR, CEDER, Y CUALESQUIERA OTRO ACTO RELATIVO A TITULOS DE CREDITO.

    CUARTA PODER GENERAL PARA ACTOS DE ADMINSTRACION, queda facultado para celebraren nombre de la sociedad, TODO TIPO DE CONTRATOS , RECIBIR PAGOS POR ESTE CONCEPTO, INICIAR, PROSEGUIR Y TERMINAR TODA CLASE DE GESTIONES ANTE LAS AUTORIDADES JUDICIALES, ADMINISTRATIVAS, Y FISCALES…realizar pagos de impuestos, asi como reclamaciones de devoluciones  de los mismos, celebrar, modificar, novar y rescindir los contratos, convenios, pudiendo firmar recibos de pago  y demás comprobantes.

     

    QUINTA las facultades anteriores deben entenderse  con CARÁCTER ENUNCIATIVO Y NO LIMITATIVO, PUES ESTE PODER SE OTORGA CON LA MAYOR AMPLITUD  DE FACULTADES  PARA SU OBJETO

     

    SEXTA LOS ACTOS QUE LA SRA…REALICE EN REPRESENTACION  DE LA SOCIEDAD, OBLIGAN A LA PERSONA MORAL… EXIMIENDOLO DE CUALQUIER RESPONSABILIDAD FISCAL EN SU CARÁCTER PERSONAL

     

    De lo anterior se desprende las siguientes dudas:

    1. Pedí la revocación de este poder, sin embargo este no se hara de inmediato por lo que la operación se llevara a cabo aún conmigo.

    2. El administrador único de la sociedad que me otorgo el poder a inicio de año cedio este a otra persona recientemente ante notario, ¿Aún así el poder sigue vigente al día de hoy con las obligaciones o consecuencias del tema?

    3. ¿Es cierto que si informo por escrito mi renuncia a la empresa y esta me sella la hoja antes que hagan esas operaciones, esta la pueda llevar a conciliación y arbitraje para "dejar constancia" que ya no laboro para esa empresa que maneja entre otras a la sociedad en cuestion que tendría garabtía de que me imen posibles cargos?

    4. Ellos tienen documentos en copia tales como mi cedula profesional y demás, aún cuando ya no trabaje para ellos podría inculparme más adelante.

    5. Con ese poder tengo o no responsabilidad penal, cabe hacer mención que no tengo acceso a las cuentas bancarias de la empresa.

     Que debo hacer, seguir trabajando y esperar la revocación de ese poder o renunciar, de antemano agradezco la atención prestada, espero opiniones de los expertos del foro, GRACIAS.

     

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