Si el matrimonio no fue inscrito en México, no surte efectos aquí, pero si fue inscrito en México, pero la cubana nunca estuvo en el país, la forma de divorciar a estas personas, sería hacerlo bajo el Código Civil del DF, de donde es el mexicano, aplicando la ley y donde ya no son necesarias invocar causales de divorcio, basta con que una de las partes lo solicite y toda vez que el mexicano ya no tiene forma de contactar a la cubana, porque ya no vive en el mismo domicilio, mis consultas son: ¿se hace un edicto en Cuba? ¿Costos del edicto en Cuba? Y si es verdad que hay que dar parte a la Secretaría de Relaciones Exteriores cuando son casos de matrimonios cubanos, porque puede haber posible fraude a la ley, según porque muchos mexicanos se casan con cubanos para sacarlos del país. Deseo que alguien tenga información, para sacarme de la duda. Gracias