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TRABAJO EN DIA DOMINGO

  • Consulta : 128876
  • Autor : pgarcia_NR
  • Publicado : Miércoles 26 de Octubre de 2011 11:51 desde la IP: 189.136.133.85
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,088
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  • Autor
    Consulta

  • pgarcia_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Hola buen día, mi pregunta es en relacion a las personas que descansan en día domingo pero por necesidades de la empresa tubieron que trabajar uno, la pregunta es ¿Como debo pagar este día? segun el articulo 73 LFT solo se tiene que pagar un sueldo doble ¿es esto correcto o se tiene que pagar tambien la prima dominical?

     

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