- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
16 AñOS DE TRABAJO, DERECHOS..
- Consulta : 280684
- Autor : Zara77
- Publicado : Domingo 14 de Agosto de 2016 15:40 desde la IP: 187.222.255.209
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,090
-
AutorConsulta
-
Publicado el Domingo 14 de Agosto de 2016
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 390390
-
Fecha de respuesta: Domingo 14 de Agosto de 2016 20:47 2016-08-14 20:47 desde IP: 201.141.154.191
Es una sustitución patronal. SI le despidieron debe demandar a ambas empresas ya sea la reinstalación o la indemnización.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 390397
-
Fecha de respuesta: Lunes 15 de Agosto de 2016 12:06 2016-08-15 12:06 desde IP: 189.180.214.37
si te van a liquidar... 90 dias de tu salario integrado... parte proporcional de aguinaldo.... vacaciones... prima vacacional... de 2016... si ya tomaste vacaciones... no aplica... caja de ahorro .... y salarios devengados y no cubiertos... si ganas mas de dos veces el salario minimo ... MAS DE DOS VECES.... te corresponde 12 dias x cada año de servicios prestados... por concepto de prima de antiguedad.... nada mas... eso es todo... y no es lo mismo reclamar despido injustificado que reinstalación... en uno... el despido... estas pidiendo todo lo que te señalo antes.... pero en la reinstalación... no son 12... sino 20 dias x cada año... ello con la intención de que se de esa reinstalación... que debe ser con las mismas prestaciones que tenias... nunca menores.... NUNCA...
-
Autor






