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SOLICITUD DE AMPARO
- Consulta : 203116
- Autor : Ruben-na
- Publicado : Jueves 11 de Julio de 2013 21:30 desde la IP: 189.157.17.49
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,070
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 11 de Julio de 2013
El dia 5 de julio de 2013, la persona que llevo mi caso sobre el pago de una póliza de seguro de vida con plan dotal e inversion con fecha de 1984, me informo que el juez había dictado sentencia definitiva, cuando ni siquiera hubo apelaciones ni nada, todo fue por no estar de acuerdo a lo que la Aseguradora expuso como argumento, para no pagar la cifra asegurada en 1984, pues le aplico el decreto de 1000x1=N$1.00 pesos, del 18 de junio de 1992, la poliza ya estaba pagada pues se me exsiguieron 5 pagos anuales, para tener ese derecho vigente hasta el 2011, tenia 38 años y estaria vigente hasta el 2011, llevo dos intentos en CONDUSEF , no dieron dictamen técnico ni a favor ni en contra, en el juicio mercatil via federal, quien llevaba, mi caso solicito un amparo sobre el decreto, pero sus superiores le indicaron que ya no debia continuar con la solicitud del amparo por ser inconsteable para la institución,y me informo que ya no pudo continuar con lo del amparo, que mejor me fuera por ver la solucion via contable, lo que quedo pendiente, porque al rebizar el documento de la sentencia definitiva, hay muchas omisiones, de cláusulas, de convenio de adhesió, que fue el unico papel que firme para la adquisición de la póliza, la cual pague en 5 pagos en 1988, y en 1992 la aseguradora cambio el plan, violando el derecho esclusivo del Asegurado, pues así esta en el clausula, y a parir de es cambio de plan via carta, donde no hay fecha de emisión, ni nombre a quien va dirigida, ni quien firma esa carta, y dice que de no contestar en 30 dias el 15 de mayo de 1990, entra en vigor el cambio de plan, cuando esa carta llega a mi domicilio fue a finales de diciembre de 1992.
DEseo conocer si hay alguna alternativa para continuar con mi demanda de pago, apesar de tener una sentencia definitiva en donde hubo PREVARICATO, pues no hubo oportunidad de apelar, ni de desahogar mis razones o explicaciones del clausulado, el cual fue omitido.
Si comprove con los documentos originales de la póliza, la cual recibi en 1984, la clásula que violo la Aseguradora, y tuvo dudas de su autenticidad, debieron solicitar una copia a la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas y a la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros, quienes deben de tener regsitrada la póliza, porque asi esta anotado en los documentos de 1984, pero que la Aseguradora se amparo con los códigos de comercio, donde dice que solo 10 años, y el contrato de celebro el 1984, lo cual argumento, no aceptaron el aplicar el artículo 7 de la ley de contratos de seguros., como les fué solicitado, es por eso y más que menciono que hubo PREVARICATO.
Deseo conocer si hay alguien que pueda darle seguimiento a mi demanda o ver si se puede continuar con un amparo o lo que sea legalmente hacer , para mis derecho se han respetados, reitero el decreto entro el 1° de enro de 1993 y la póliza se pago en 1988, y en mayo de 2011, fecha de vigencia en la cual por supervivencia tengo el derecho de reclamar la cifra asegurada, porque asi esta descrito en la clausula y en elplan dotal alos 27 años.
Si hay alguien que pueda hacerme el favor de informarme o desea mas datos, mi correo electronico es "rubennavarroa">rubennavarroa
Gracias por su atención, quedo atte. Rubén.
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AutorConsulta
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