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CONSULTA
- Consulta : 216939
- Autor : lil.nandez01_NR
- Publicado : Viernes 20 de Diciembre de 2013 11:47 desde la IP: 189.192.24.15
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,104
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 20 de Diciembre de 2013
Estado de Referencia: Aguascalientes
un saludo:
en el mes de octubre del presente año, tube un accidente en mi trabajo me llevaron a urgencias al imss para recibir atencion medica, la lesion que sufri fue un aplastamiento de antebrazo derecho sin llegar a la fractura del mismo y aplatamiento de 3 dedos de la mano izquierda sin secuelas en esa mano, en el caso de la mano derecha como secuela tengo una lesion de 2/3 partes en el nervio del dedo medio y el el cubital, despues de 2 mese de incapacidad, 9 seciones de hidroterapia y terapia ocupacional me dieron de alta argumentando que medicamente la unidad no podia hacer mas por mi situacion, me enviaron a medicina del trabajo y despues de una entrevista y valoracion fisica el doctor acargo me dijo que harian un dictamen que en 4 semanas estaria el resultado y en base a el se me daria una pension parcial permanente por un periodo de 2 años con una revision al final de este periodo para saber si mejora o empeora la situacion de mi mano y de esta manera saber si la incapacidad se retira o se da de forma permanente.
despues de esta situacion lei en la pagina del imss que para casos como el mio hay dos opciones la pension que el doctor me comento y una indemnizacion por un monto de 5 anualidades quisiera saber si tengo derecho a dicha indemnizacion y como puedo hacer para solicitrala.
tengo 25 años y comenze a cotizar en el seguro desde el 10 de marzo del 2007 a a fecha
agradesceria sus comentarios para conseguir informacion que sustente mi indemnizacion
saludos buen dia
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 335928
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Fecha de respuesta: Viernes 20 de Diciembre de 2013 12:01 2013-12-20 12:01 desde IP: 187.162.210.121
La indemnización consistente en el pago de 5 anualidades, solamente podrá solicitarla cuando se le haga el dictamen definitivo dentro de 2 años, en el que se establecerá si su incapacidad permanente parcial persiste en las mismas condiciones que tiene en este momento, o si ha dismuido o aumentado, para que sea reclasificada al conceder la definitiva o no.
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