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CONVENIOS

  • Consulta : 119402
  • Autor : mary_armed_NR
  • Publicado : Martes 12 de Julio de 2011 14:29 desde la IP: 189.168.35.32
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,076
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  • Autor
    Consulta

  • mary_armed_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Michoacán

    HOLA DESEO SABER SI ES LEGALCELEBRAR UN CONVENIO CON UN TRABAJADOR PARA PAGARLE YA SEA SU LIQUIDACION O FINIQUITO EN PARCIALIDADES, TIENE MAS DE 15 AÑOS DE SERVICIO  ES POSIBLE? Y CUANTO CORRESPONDERIA MAS O MENOS

     

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  • Autor
    Respuesta No: 230646

  • MERCHE68
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    El acuerdo de pagar en parcialidades es poco comun pero debido a la situacion economica muchas empresas lo ofrecen y los trabajadores lo aceptan, es importante estipular por medio de un convenio cual es el monto y en cuantas parcialidades y determinar la cantidad de ellas, podrian llevar el convenio a la Junta de Conciliacion y Arbitraje para darle mayor formalidad.



  • Autor
    Respuesta No: 230672

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    De conformidad con lo que señala el artículo 33, de la Ley Federal del Trabajo, por ser nula la renuncia que los trabajadores hagan a los derechos que les otoga dicha legislación, todo convenio deberá celebrare por esfrito y contener una relación circunstanciada de los hechos que lo motivan, pero además, debe de ser presentado ante las autoridades laborales, a fin de que una vez ratificado el mismo, sea aprobado y sancionado.

    En ese orden de ideas, no es solamente posible, sino necesario, que el convenio que usted celebre con su trabajador, se lleve a cabo ante la Junta de Conciliación y Arbitraje de su localidad, dependencia en la que cuentan ya con formatos establecidos, de forma tal que solamente necesitan ponerse de acuerdo en cuál es la cantidad que usted le entregará por los servicios prestados y la forma en que se la pagará, para que puedan comparecer ante dicha autoridad.

    Es conveniente aclararle que en dichos convenios, queda estipulada una cláusula penal, que se hace consistir en que, si usted no cumple puntualmente con el convenio, por cada día que transcurra sin hacerlo, se le cobrará una cantidad "X", determinada el salarios mínimos.



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