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PREGUNTA?
- Consulta : 109673
- Autor : fernandoseguridad_NR
- Publicado : Sábado 16 de Abril de 2011 20:22 desde la IP: 189.226.189.246
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,076
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 16 de Abril de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 219795
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Fecha de respuesta: Sábado 16 de Abril de 2011 20:51 2011-04-16 20:51 desde IP: 189.225.25.254
En la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero dice en su artículo 48
....ARTICULO 48.- Para ser Presidente Municipal, Síndico o Regidor se requiere:
I. Ser originario del Municipio que lo elija;
II. Tener una residencia efectiva no menor de cinco años de manera permanente, continua y pública en el Municipio, sin más ausencia que las transitorias y siempre que no sean mayores de treinta días.
III. Saber leer y escribir.
IV. No pertenecer ni haber pertenecido al estado eclesiástico ni ser ministro de algún culto;
V. No haber sido condenado por delito intencional, ni estar sujeto a proceso por éste, y
VI. No tener empleo, cargo o comisión de los Gobiernos Federal, Estatal o Municipal, ni tener el mando de la fuerza pública en el Municipio en cuestión, 45 días
Pero la experiencia demuestra que..... Como regla general se necesita:
Pertenecer a algún partido político.
Ser incondicional del candidato.
Tener dinero, (si es mal habido mejor) y aportarlo a la campaña
No tener convicciones de ninguna clase
De preferencia no saber leer ni escribir.
En caso de ser mujer..... ser bien compartida
En caso de ser hombre; no selro mucho...
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