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RESCISIóN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
- Consulta : 202601
- Autor : angelm183_NR
- Publicado : Viernes 05 de Julio de 2013 20:09 desde la IP: 201.141.1.205
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,083
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 05 de Julio de 2013
Estado de Referencia: Distrito Federal
Tengo firmado con el propietario del departamento que rento una rescisión de contrato, donde dice que debo desocupar el 1 de agosto, si por alguna razón no puedo desocupar ese día y dígamos que se prolonga unos 15 días más, por ejemplo, ¿me puede sacar el dueño y mis cosas a la calle?.
No le debo nada de renta y tengo un depósito por un mes, el cual quedó de devolverme el día que me vaya.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 320530
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Fecha de respuesta: Viernes 05 de Julio de 2013 20:40 2013-07-05 20:40 desde IP: 187.145.163.110
Nadie puede sacar tus cosas a la calle sino con mandato judicial. Si son 15 dias, no pasa nada, lo mejor es que le digas al dueño que te espere y le das tus razones.
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