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DEVOLVER EXCEDENTES EN REPARTO DE HERENCIA

  • Consulta : 198760
  • Autor : fjrom_NR
  • Publicado : Lunes 27 de Mayo de 2013 21:43 desde la IP: 177.226.102.52
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,072
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  • Autor
    Consulta

  • fjrom_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Guanajuato

    Estimados Srs.

    Apreciaría su consejo sobre el siguiente caso.

    En un juicio intestamentario, en el cual ya se dictó sentencia, quedando algunos herederos (2) con el compromiso de devolver el excedente, ya que el valor del bien que les correspondió sobrepasa el monto de su parte proporcional de la herencia y otros herederos (2) a recibir un pago ya que los bienes que les correspondieron tienen un valor menor a lo que les toca en parte proporcional de la masa hereditaria. Especificando el juez que se haría mediante consignación y expedicion del certificado de deposito para el que devuelve y pago con lo que otro haya depositado para el que se le debe.

    Yo soy un heredero al que le corresponde recibir una cantidad por el faltante, mi dudas son ¿hay un plazo de tiempo en el que los que tienen que devolver lo hagan?¿como puedo solicitar que los que deben devolver lo hagan? ¿es posible solicitar al Juez que presione la devolución? ¿que garantías tengo de que me paguen la cantidad que me corresponde?¿en que etapa debe devolverse y recibir a su vez el pago, antes durante o despues de la protocolización? ¿se puede protocolizar sin haber hecho el intercambio de los excedentes?¿se puede escriturar sin haber hecho ese intercambio de devolución y recepción de excedentes?. Disculpen tantas preguntas, pero el juicio se llevó años y hoy que hay sentencia está en un estado de aletargamiento nuevamente.

    Aprecio de antemano me compartan sus conocimientos y consejos.

    Gracias

    Fernando C

     

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  • Autor
    Respuesta No: 317691

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si se llevó años.... Fue por culpa de los herederos... No del juzgado... Si no señalaron como y cusndo sería el pago de ese excedente... Es culpa de ustedes... Eso debe constar en la partición ... Y en la sentencia final.... Lu abogado te explica....





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