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AMPARO INDIRECTO
- Consulta : 130407
- Autor : fany_coa_NR
- Publicado : Lunes 14 de Noviembre de 2011 01:22 desde la IP: 189.139.121.184
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,073
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 14 de Noviembre de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 245128
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Fecha de respuesta: Lunes 14 de Noviembre de 2011 08:39 2011-11-14 08:39 desde IP: 189.134.132.170
Distinguida Consultante
La demanda de amparo indirecto, es como cualquier otra, la estructura está definida básicamente en el artículo 116 de la Ley de Amparo, desde luego como toda demanda contra leyes, desde lo importante es combatir desde la elaboración y presentación como iniciativa, hasta la promulgación, pasando por el refrendo del secretario de salud.
Una demanda contra leyes tiene sus partes finas y se sugiere sea para expertos en la materia por la complejidad de exponer los conceptos de violación
En caso de duda quedo a la espera de su contacto
Cordialmente
Talento, pasión y trabajo
Lic José Juan Aguilera
TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)
al 044 55 20 66 82 81
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