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TRASLADO DE DOMINIO
- Consulta : 98663
- Autor : margaris01
- Publicado : Miércoles 19 de Enero de 2011 18:14 desde la IP: 189.216.228.214
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,079
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 19 de Enero de 2011
hola SOy del Estado de Mexico de lmunicipio de tlalnepantla, mi pregunta es la siguient: cuanto tiempo puedo esperar para hacer el traslado de dominio si se realizo mediantecontrato privado de compraventa y que tengo que hacer para realizarlo el contrato es del 2005 y la persona que lo vendio ya fallecio
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 205988
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Fecha de respuesta: Miércoles 19 de Enero de 2011 18:33 2011-01-19 18:33 desde IP: 201.114.221.79
LOS CONTRATOS PRIVADOS DE COMPRAVENTA NO TIENEN VALIDEZ ALGUNA COMO DOCUMENTO DE PROPIEDAD, NI SON REGISTRABLES, YA QUE LOS CONTRATOS SOLO OBLIGAN A LAS PARTES, SOLO ESO. PODRIAS DEMANDAR A LA SUCESION DE ESTE SEÑOR (YA FALLECIDO) PARA QUE OTORGUE LA FIRMA EL ALBACEA ANTE NOTARIO PUBLICO, O EN SU DEFECTO LA FIRME EL JUEZ EN SU REBELDIA. LO MAS RECOMENDABLE ES QUE TE ASESORES CON TU ABOGADO DE CONFIANZA, QUIEN TE AMPLIARA MAS EL PANORAMA. SI NO PUEDES CONTRATAR LOS SERVIOS DE UN PROFESIONAL DEL DERECHO, PUEDES ACUDIR A LOS JUZGADOS EN MATERIA CIVIL Y FAMILIAR QUE SE UBICAN EN LOS REYES IXTACALA, EN TLALNEPANTLA, A UN COSTADO DE LA FES IZTACALA DE LA UNAM,EXACTAMENTE DETRAS DE LAS OFICINAS DE LA SECRETARIA DEL TRABAJO. ES UN EDIFICIO QUE DICE PALACIO DE JUSTICIA, ENTRAS Y CRUZANDO LA PUERTA PRINCIPAL A TU MANO DERECHA ENCONTRARAS A LA DEFENSORIA DE OFICIO, AHI TE PODRAN AYUDAR "SIN COSTO". PORQUE PS DE QUE LE TIENES QUE "ENTRAR" LE TIENES QUE "ENTRAR", AUNQUE PS LOS GASTOS SERAN MENORES. SALUDOS
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AutorRespuesta No: 205991
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Fecha de respuesta: Miércoles 19 de Enero de 2011 18:36 2011-01-19 18:36 desde IP: 201.114.221.79
SE ME OLVIDABA COMENTARTE QUE NI EN "SUEÑOS" PIENSES QUE EL MUNICIPIO DE TLALNEPANTLA DE BAZ TE HARA EL TRASLADO DE DOMINO CON UN CONTRATO PRIVADO DE COMPRAVENTA. DE NINGUNA MANERA, NO, NUNCA. Y NO DEJES PASAR MUCHO TIEMPO PORQUE LOS CONTRATOS PRESCRIBEN, Y SI PRESCRIBE YA NO PODRAS ENDEREZAR LA ACCION CONTRA LA SUCESION. SALUDOS
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AutorRespuesta No: 205997
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Fecha de respuesta: Miércoles 19 de Enero de 2011 18:53 2011-01-19 18:53 desde IP: 187.194.26.114
los pagos de impuestos ... como el traslado de dominio... son actos que hacen los notarios que hacenla escrituración publica del inmueble... los vivos.... creen que yala hicieron... no tienen que pagar el traslado de dominio hasta que estan conel notario... en tu caso... ya te pelaste el cable... porque al momento de morir el dueño... el contrato privado se convirtio en basura... y si quieren los herederos reconocer el contrato y la venta ese es otro cantar....pero por lo pronto tendras que hacer todo lo que comentael colega TANGO (SALUDOS)....
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AutorRespuesta No: 205999
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Fecha de respuesta: Miércoles 19 de Enero de 2011 18:57 2011-01-19 18:57 desde IP: 187.194.26.114
AH!!!!}
me se olvidaba...
el impusto de traslado de dominio... el impuesto sobre la renta... elñ impuesto predial....son contados del momento de la operación de compraventa privada... esos si son reales y no te van a perdonar los incrementos y multas por la falta de pago del mismo...algunos colegas te van a decir de la ley de 5 años y la prescripción de creditos fiscales... eso no opera en situaciones como la tuya... de demandar a la sucesión testamentaria o intestamentaria... TODOS LOS GASTOS CORRENPOR TU CUENTA... todo por ahorarse el acto notarial desdeel principio... esto es muy común... lo privado... sale carisimo...
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AutorRespuesta No: 206369
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Fecha de respuesta: Viernes 21 de Enero de 2011 14:39 2011-01-21 14:39 desde IP: 189.216.104.94
HOLA!! MUCHAS GRACIAS POR SU AYUDA, SOLO QUE OLVIDE COMENTARLES QUE EL CONTRATO FUE CERTIFICADO ANTE NOTARIO PUBLICO AUN ASI NO ME VALEN EL CONTRATO??? Y PUES ES DESDE EL DOSMIL CINCO OSEA QUE YA PRESCRIBIO QUE MAS PUEDO HACER PARAEVITAR LA SUCESION YA QUE ES MUCHISIMA FAMILIA DEL QUE VENDIO
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AutorRespuesta No: 206371
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Fecha de respuesta: Viernes 21 de Enero de 2011 14:45 2011-01-21 14:45 desde IP: 201.158.171.216
si haces valido el contrato del 2005, te cobraran recargos y multas, puesto que apartir de la firma del contrato, tenias 17 dias habiles para pagar este impuesto. Acude nuevamente con el notario que te certifico la escritura, o bien acude al palacio municipal de Tlalnepantla en el area juridica, el cual te daran la explicación de regularización de propiedad,
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AutorRespuesta No: 206380
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Fecha de respuesta: Viernes 21 de Enero de 2011 15:15 2011-01-21 15:15 desde IP: 187.194.58.78
Buenas Tardes:
Con el contrato certificado ante notario, puedes acudir a predial, y hacer el cambio, claro que tendras que pagar predial desde 2005 a la fechaconlos recargos que se te hagan.
Ya con el cambio de predial, corre al registro publico dela propiedad y pide se forme gravamen de la propiedad conel contrato certificado que ampara la compraventa, esto lo debio haber hecho el notario.
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AutorRespuesta No: 206391
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Fecha de respuesta: Viernes 21 de Enero de 2011 16:05 2011-01-21 16:05 desde IP: 189.216.104.94
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