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EL PAGO DE SUBSISTENCIA EN RAMO LABORAL SE DESCUENTA DEL LAUDO FINAL?
- Consulta : 105571
- Autor : peragogo_NR
- Publicado : Lunes 14 de Marzo de 2011 09:01 desde la IP: 189.151.22.13
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,111
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 14 de Marzo de 2011
Estado de Referencia: Yucatán
Quisiera saber si alguien puede decirme si el pago de subsistencia por concepto de amparo tiene algun soporte legal para considerarlo parte de la condena a que fue objeto una empresa. Les comento que en mi demanda laboral se condeno a la empresa a pagarme algunas prestaciones reclamadas y salarios caidos hasta la fecha de la supuesta reinstalacion(digo supuesta x ke despues de que se fue el actuario para dar fe de la reinstalacion, la empresa me dijo ke yo no tenia trabajo ahi y ke me retirara por lo que volvi a demandar) pero despues de la resolucion el laudo salio a mi favor por lo ke se ampararon dos veces y por cada uno me pagaron subsistencia cada una por seis meses de salario, pero los dos amparos no cambiaron el sentido del laudo y de hecho en la respuesta del segundo amparo el colegiado resolvio a mi favor y signo "LA JUSTICIA DE LA UNION NO AMPARA NI PROTEGE A LA QUEJOSA", pero yo no entiendo porque el presidente de la junta y mi abogado me dicen que por una nueva legislacion la empresa puede descontar el pago realizado por subsistencia del monto liquido del laudo. Yo no se mucho de leyes pero considero que el pago de subsistencia es eso " UN PAGO" que es un requisito para que se puedan amparar y que le permite al actor contar con una cantidad de dinero en lo que se resuelve el amparo, en todo caso el laudo no dice pagar en abonos a dos o diez años, es mas, despues del primer amparo se dicto un nuevo laudo y la condena no vario, ni dice descuentesele el pago hecho por la quejosa..... quiero comentarles que no soy abogado pero no estoy de acuerdo con la interpretacion que le da la junta porque a pesar de que todo ha sido a mi favor y en este sentido han beneficiado a la empresa a pesar de que en el laudo la junta resuelve que el actor acredito sus acciones y por eso no me parece justo ya que yo logre acreditar mi demanda... si alguien me pudiera ayudar o explicarme si la junta esta actuando bien o mal en base a que articulos se los voy a agradecer porque ya tengo fecha para la ejecucion y no quisiera que me sorprendan y ese dia me hagan alguna trastada... gracias y saludos a toda la comunidad de abogados y estudiantes de derecho.
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AutorConsulta
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