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ASESORíA JURíDICA PARA ARRENDAMIENTO TERMINACIóN DE CONTRATO
- Consulta : 278371
- Autor : lurdez_cruzoto_NR
- Publicado : Viernes 16 de Octubre de 2015 17:49 desde la IP: 189.209.56.228
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,087
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 16 de Octubre de 2015
Estado de Referencia: Distrito Federal
Primero que nada gracias por ofrecer este sevico a mi y a toda la gente que visita el sitio, me gustaría saber si alguien me podría aconsejar acerca de un problema jurídico civil en materia de arrendamiento que tengo. Si es así, lo comento rapidamente, tengo un inquilino y su contrato de arrendamiento habitacional esta por concluir en diciembre, yo le hice saber mediante una carta que no le voy a renovar contrato el siguienta año tal como lo indica el contrato y aunque la clausula indica 45 días para avisarle yo lo hice con 3 meses de anticipación para darle mas tiempo al prepararse para desocupar, el no quiso firmar la carta y me preocupa que no quiera entregar en la fecha de termino. Yo voy a ocupar el inmueble por lo que tengo entendido no puede pedir prorroga. He tratado de investigar por varios medios y tengo dudas ya que algunas personas me dicen que haga un procedimiento de jurisdicción volunatria para que el juez le notifique mi deseo de no renovar, otros me dicen que haga la notificación ante un notario publico pero el costo es muy elevado, y me han dicho también que acuda al Centro de Justicia Alternativa, en donde llamarían al inquilino a mediar voluntariamente. Yo busco cualquiera de estas tres opciones como un antecedente de que se le aviso que tiene que entregar al termino del contrato por si hay que llegar a un juicio de terminaciòn de contrato que este sea mas facil y rápido. La verdad como todos no deasearía llegar a un juicio ya que me parece injusto tener que pagar para que alguien te devuelva tu propiedad! ¿Me podrían aconsejar que sería el mejor procedimiento o tu que opinan del caso? Mil Gracias!!! Verenice -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 386083
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Fecha de respuesta: Viernes 16 de Octubre de 2015 22:21 2015-10-16 22:21 desde IP: 189.217.23.127
Lo más económico es la jurisdicción voluntaria para notificar al arrendatario, ya que su carta efectivamente no tiene valor jurídico.
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Autor
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AutorRespuesta No: 386085
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Fecha de respuesta: Lunes 19 de Octubre de 2015 14:18 2015-10-19 14:18 desde IP: 189.209.56.228
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AutorRespuesta No: 386087
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Fecha de respuesta: Lunes 19 de Octubre de 2015 23:22 2015-10-19 23:22 desde IP: 189.217.15.127
dependerá del abogado que contrate, pero siempre será menor que los honorarios de un notario por salir de su notaría.
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AutorRespuesta No: 386111
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Fecha de respuesta: Domingo 25 de Octubre de 2015 21:12 2015-10-25 21:12 desde IP: 187.140.229.190
Todo...lo q se haga fuera de un juzgado o una notaría...no tiene iningun valor Lo q tener cobren ...puede ser de una a tres rentas pactadas en contrato..x concepto de honorarios de abogados...y y Esos los pagas tú... No tu contraria Pero... Si está al corriente de su renta...tiene derecho a la tacita reconducción del contrato...y por el término pactado en el mismo o cuando menos x un año
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