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CONTRATOS TRISMESTRALES
- Consulta : 243041
- Autor : mc.shane_NR
- Publicado : Viernes 26 de Septiembre de 2014 09:36 desde la IP: 177.227.202.141
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,084
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 26 de Septiembre de 2014
Estado de Referencia: Querétaro
Hola que tal mi nombre es Emanuel Pérez, llevo trabajando en una empresa 18 meses, sin embargo hermos estado
renovando contratos cada tres meses y en septiembre nadamás fue un mes por el cual nos dieron el contrato, mi pregunta
es: ¿en caso de no renovarme nuevamente el contrato, como sería mi cálculo de finiquito, sería nadamás por el contrato de
el ultimo mes o si se toma en cuenta todo el tiempo laborado?
Muchos me dicen que al final de cada contrato debieron de liquidarme o darme algo por esos tres meses, pero otros me dicen que
como son contratos consecutivos se puede tomar como uno solo.
Espero su respuesta
Gracias.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 366484
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Fecha de respuesta: Viernes 26 de Septiembre de 2014 10:25 2014-09-26 10:25 desde IP: 189.211.135.22
La Ley Federal del Trabajo es clara al señalar limittivamente las causas por las que patrón y trabajador pueden celebrar un contrato por tiempo determinado (para sustituir a otro trabajador por vacaciones, incapacidades, licencias, o para ejecutar trabajos extraordinarios que no pueden realizarse con los trabajadores con que normalmente se cuenta); si el contrato no señala cuál es el motivo de la temporalidad y, además, ésta no está dentro de las que permite el Código Laboral, entonces el contrato surte efectos como si fuera por tiempo indefinidio, en respeto a los principios de estabilidad y permanencia en el trabajo.
En caso que le digan que ya no va a laborar por haber terminado su contrato, asístase de un abogado especialista en Derecho Laboral de su localidad, quien previo análisis de los contratos que haya firmado, determinará si la relación laboral debe considerarse de tiempo indefinido a efecto de presentar la demanda y seguir el juicio hasta su conclusión.
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