- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
CAMBIO DE JORNADA LABORAL
- Consulta : 247104
- Autor : blind
- Publicado : Martes 04 de Noviembre de 2014 23:51 desde la IP: 189.169.31.155
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,104
-
AutorConsulta
-
Publicado el Martes 04 de Noviembre de 2014
Que tal de antemano gracias por asesorarme bueno mi problema es que me quieren cambiar de turno yo estoy en la mañana de 6 a 3 pero quieren cambiarme de las 3 a 11:30 yo le comente que no podia por que tengo otro trabajo en la tarde y me dijeron que no les importa que el cambio se hace por politicas de la empresa y pues hay mas personas que tienen mas tiempo que yo y jamas les an cambiado de turno y me comentaron que pues capasitara a mas personas lo que he aprendido y que a lo mejor me regresaban a mi turno pero que no era seguro y la verdad no les importa y yo le comente que pues no puedo en el turno de la tarde tengo como 2 años trabajando en la mañana y de un dia para otro quieren hacerme el cambio que puedo hacer
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 369464
-
Fecha de respuesta: Miércoles 05 de Noviembre de 2014 11:29 2014-11-05 11:29 desde IP: 189.211.135.22
Salvo que en el contrato individual de trabajo que usted tenga celebrado, existe alguna cláusula en la que expresamente se haya pactado la posibilidad de que el patrón le modifique el horario de trabajo, es decir, que usted debia rolar turnos, quedará entonces obligado a aceptar esa modificación en el turno, pero ni no está estipulado entonces, aunque sean políticas dee la empresa, a usted no podrá cambiársele de horario, ya que el patrón no lo puede, ni modificar unilateralmente, ni obligarlo a que lo acepte.
En caso que, derivado de que usted no acepte la modificación de su horario, lo llegaran a despedir, asístase de inmediato de un abogado especialista en Derecho Laboral y demande a la empresa, pudiendo elegir entre reclamar su reinstalación en el puesto, en las mismas condiciones en que había venido prestando sus servicios en el turno matutino, o bien, en el pago de la indemnziación constitucional y demás prestaciones que por ley le correspondan.
-
Autor





