Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

VACACIONES, HORARIOS, Y SANCIONES ECONóMICAS

  • Consulta : 226624
  • Autor : mornioe_aran_NR
  • Publicado : Domingo 06 de Abril de 2014 20:56 desde la IP: 201.141.238.103
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,102
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • mornioe_aran_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes

    Buen día, requiero de su ayuda de manera urgente:

     

    Por la naturaleza de la empresa en la que laboro, y por el reducido personal con el que se cuenta, los trabajadores no gozamos de los días feriados que se tienen por ley. De hecho el jefe nos tiene prohibido descansar sábados y domingos, los horarios se tienen que ajustar de manera tal que ningún trabajador pueda descansar el fin de semana entero. Únicamente gozamos de los días de vacaiones que nos debe de dar la empresa anualmente, y de un día durante diciembre, que debemos de elegir entre el 25 o el 31. Lo demás días feriados que trabajamos nos los pagan con un día extra de salario. La primera consulta que quiero hacerles es si esto es legal, el que trabajemos durante todo el año cinco días a la semana sin ningún día feriado con la expeciones antes mencionadas.

     

    La otra pregunta corresponde a los horarios. Al ser un lugar que funciona las 24 horas, estamos divididos en 3 turnos de 8 horas (7-15, 15-23, 23-7) cada uno. He leído en varios lados que el turno nocturno no debe de exceder las 7 horas, y sin embargo en la empresa no nos pagan nada extra a quienes trabajamos en el turno nocturno. Me gustaría saber si debe de haber alguna compensasión por esa hora trabajada extra todos los días, o siquiera si es legal que el turno nocturno trabaje más de 7 horas.

    En la misma línea de la consulta anterior, el jefe muchas veces, por lo menos 2 veces al mes, llama a juntas a todos los empleados, incluyendo al turno nocturno, siempre a las 3 de la tarde, y nunca de menos de una hora de duración estas juntas, lo cual involucra que quienes trabajamos durante la madrugada ese día no descansemos, y tengamos que aún así a trabajar ese mismo día a las 11 de la noche. Me podrían despejar la duda sobre si esto lo puede hacer el jefe? Obligar al turno nocturno a ir a dichas juntas?

     

    La última consulta es sobre una amenaza que ha estado en la mente del jefe últimamente: el imponernos sansiones económicas. Por el firo de la empresa, nosotros trabajamos muchos textos, esa es una de nuestras funciones principales. Son ocho horas en las que no nos podemos despegar (vituralmente) de la comadora. Siempre por varias cuestiones hemos encontrado que hay errores de dedo de vez en cuando. Los errores, como ya se lo hemos señalado al jefe en múltiples ocaciones, no son intencionales, no son con dolo, son simples errores humanos. Sin embargo, el jefe ya está empezando con amenazas más serias de sanciones económicas por cada error que encuentre en nuestro trabajo. ¿Es esto legal? ¿Puede quitarnos dinero de nuestro salario por este tipo de errores?

     

    Les agradezco el apoyo, y si hubiera la posibilidad de que me puedan decir en que partes de la ley federal del trabajo ese encuentran las respuestas a mis dudas, se los agradecería, en caso de que necesite refutarle a mi jefe sus acciones, me gustaría tener el sustento legal.

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión