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FIANZA Y ESCRITURACIóN.
- Consulta : 279360
- Autor : marthisima12_NR
- Publicado : Miércoles 16 de Marzo de 2016 20:26 desde la IP: 189.141.44.118
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,102
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 16 de Marzo de 2016
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buenas Tardes: Vamos a vender un terreno grande, el Comprador quiere pagar el 50% en un primer pago y el otro 50% en 10 mensualidades; el asunto es que quiere Escriturar al momento del primer pago, tomar posesión del lugar y garantizar el otro 50% con una Fianza. El Cliente es una Empresa Grande y conocida pero nos preocupa lo de la Fianza. ¿Me podrían asesorar?¿Qué tan confiables son las Fianzas? ¿Existe el riesgo de que la Cía. Afianzadora no nos pague por alguna razón? Muchas Gracias. -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 387701
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Fecha de respuesta: Jueves 17 de Marzo de 2016 17:31 2016-03-17 17:31 desde IP: 189.195.175.254
BUENAS TARDES FORISTA LO QUE PUEDES HACER ES CELEBRAR UN CONTRATO DE PROMESA DE VENTA, Y UNA DE LAS CLAUSULAS, ES PRECISAMENTE ESTABLECER QUE UNA VEZ QUE EL PROMITENTE COMPRADOR CUBRA TOTALMENTE EL PRECIO DE OPERACION, EL PROMITENTE VENDEDOR LE OTORGARA LA ESCRITURA DEFINITIVA DE COMPRA VENTA SIN RSERVA ALGUNA. DESDE LUEGO QUE AL MOMENTO DE CELEBRAR DICHO INSTRUMENTO JURIDICO DE PROMESA DEBERA DE PRECISAR EL PRECIO DE OPERACION, LA FORMA Y CONDICIONES DE PAGO Y LA POSESION FISICA DEL INMUBELBE
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Autor
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AutorRespuesta No: 387712
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Fecha de respuesta: Viernes 18 de Marzo de 2016 13:15 2016-03-18 13:15 desde IP: 189.242.199.47
Con todo respeto al Lic. que contestó la pregunta con antelación, la pregunta del forista fué si son confiables o no las fianzas, aunado a la propuesta de la empresa que paga el 50% en efectivo y el otro 50% en 10 mensualidades, queriendo la empresa escriturar al momento de pagar el 50% y garantizar su obligación de pago del otro 50% con una fianza. Para lo cual digo que las fianzas son confiables, siempre y cuando se validen, corroboren su legalidad y vigencia vía internet o personalmente en la afianzadora. Toda vez que si no paga la empresa e los tiempos estipulados en el convenio, usted podrá hacer válida la fianza y no perder su dinero.
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