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CAMBIO DE DIA FESTIVO POR OTRO DíA, SEMANA SANTA

  • Consulta : 254271
  • Autor : zbal750525_NR
  • Publicado : Lunes 26 de Enero de 2015 13:56 desde la IP: 189.156.128.20
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,102
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  • Autor
    Consulta

  • zbal750525_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Coahuila

    La empresa en donde laboró, quiere que cambiemos en este año los siguientes festivos:

    21 de marzo (en la fecha q se descanse)  por el 4 de abril que es sabado santo (semana santa)

    16 de septiembre (en la fecha que se descanse) por el 24  de diciembre (noche buena)

    20 de noviembre (en la fecha que se descanse ) por el 31 de diciembre (fin de año).

     

    Esto con el fin de poder descansar en semana santa al menos un día y quitar la incidencia de faltas al igual que en diciembre.

    yo lo veo bien, pero esta dentro de la ley, es legal?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 373330

  • Alberto081
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Esto es legal solo en común acuerdo con los trabajadores y siempre y cuando el pago sea ajustado

     

    pues por los dias oficiales laborados se debe pagar el 200% del salario normal mas el 100% normal es decir dias al triple.

    Mientras que los dias no oficiales son de cobro noral 100%

     

    saludos



  • Autor
    Respuesta No: 373334

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No, no es legal y está expresamenter prohibido por los artículos 50, fracción XIII, 74, y 132, fracción I, de la Lery Federal del Trabajo, teniendo presente que, conforme al ordinal 74 de dicho cuerpo de leyes establece COMO DESCANSO OBLIGATORIO, los días que usted señala, y en los casos en que no pueden suspenderse las labores de la empresa, entonces patrón y trabajadores se pondrán de acuerdo en quiénes de aquéllos prestarán su servicio, generando el derecho al pago de un salario doble, además deel día normal de labores.



  • Autor
    Respuesta No: 373362

  • CALIXTO
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Licenciado Cadena:

    El artículo 50 solamente cuenta con tres fracciones. Cuál  es el artículo correcto?  Saludos.



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