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GASTOS Y COSTAS

  • Consulta : 115519
  • Autor : eamarin_NR
  • Publicado : Domingo 05 de Junio de 2011 20:54 desde la IP: 189.242.252.178
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,083
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  • Autor
    Consulta

  • eamarin_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes

    buena noche espero que alguien me pueda ayudar quisiera saber commo se hace el calculo de gastos y costas proceales en un juicio ejecutivo mercantil en el df

     

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  • Autor
    Respuesta No: 262088

  • j51brother
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    hola eamarin_nr.  la regulacion de los gastos y costas en juicio ejecutivo mercantil, se fofmula de la sig. manera.

    1.- la suerte principal ?

    2.- los intereses que por lo regular son al 10% mensual, multiplicados por la suerte principal,= a ?, y luego por el tiempo que ha transcurrido en que se vencio, el documento base de la accion,(pagare).= ?

    3.- los honorarios que casi se regulan al 3% o a criterio del juez, espero te haya servido de ayuda mi comentario, atte. j51brother



  • Autor
    Respuesta No: 262105

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Que no lo confundan. Una cosa es la ejecución de sentencia en donde se deben calcular los intereses pactados y no los "comunmente imaginados" y otra muy distinta, la liquidación de gastos y costas que no está al criterio del Juez, sino a lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del D.F., y que se reclaman mediante incidente.

    Artículo 128.- Las costas en Primera Instancia se causarán conforme a las siguientes bases:
    a) Cuando el monto del negocio no exceda del equivalente a tres mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, se causará el 10%;
    b) Cuando el monto del negocio exceda del equivalente a tres mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal y sea hasta de seis mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal mensual del Distrito Federal, se causará el 8%; y
    c) Cuando el monto del negocio exceda del equivalente a seis mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, se causará el 6%.
    Si el asunto tuviere que resolverse a través de una segunda instancia, las cuotas anteriores se aumentarán en 2%.



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