Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

CP

  • Consulta : 97342
  • Autor : estela.aguilar_NR
  • Publicado : Lunes 10 de Enero de 2011 11:35 desde la IP: 148.203.151.219
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,083
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • estela.aguilar_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Puebla

    voy a liquiar una deuda por la cual hubo una demanda, el abogado me dice que me dará copia del desistimiento de la demanda, es esto suficiente para garantizar que mi deuda quedara liberada?...que la demanda ya no procedera y por tanto la garantia quedará liberada?,,,

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 204044

  • despacho 936
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    no me proporiona mayores datos espero le sirva la respuesta para despejar sus dudas  si existiera una demanda civil o mercantil, en la cual ya le fue notificada por el actuario judicial y le embargaron precautoriamente bienes y usted decide llegar a un arreglo es decir pagar la deuda a su acreedor este al recibir el pago presenta un escrito de desistimiento por darse por bien pagado y este posteriomente al acuerdo que recae a su promocion es que debera ratificar ese  desistimiento ante presencia judicial, es decir ante el juzgado que conozca del asunto una vez esto hecho se entiende por pagada la deuda, debiendo aclarar que si la base de la demanda es un titulo de credito debera devolverselo a usted para evitar futuros cobros



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión