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PENCION ALIMENTICIA A MI CONCUBINA QUE ES DIVORCIADA LA CUAL ACEPTE CON UNA HIJA QUE NO ES MIA
- Consulta : 104509
- Autor : asaf.guzman_NR
- Publicado : Sábado 05 de Marzo de 2011 00:34 desde la IP: 189.131.101.55
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,077
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 05 de Marzo de 2011
Estado de Referencia: Puebla
Hola
Bastante agradeceré me den una orientación con mi problema
Tengo 5 años en concubinato con una mujer con la cual tuve un hijo que tiene ya 4 años, ella es divorciada y tiene una niña ya de 10 por la cual recibe 600 pesos quincenales por parte de su ex marido,
A mi concubina nunca la ofendí, nunca le pegue y por el contrario la recibí con la hija que ella ya tenía les di cariño, amor, casa y sustento, considero que dentro de mis posibilidades nunca les falto nada,
Viven en una casa que estoy pagando con un crédito hipotecario y ni siquiera molesto con mi presencia ya que trabajo fuera de esta ciudad y vengo cada mes por mi trabajo
Por esto mismo hemos tenido problemas personales de comunicación y considero que ya no tienen arreglo esta relación .pero me ha amenazado con demandarme y pedirme una pensión alimenticia mayor que la que le da su ex marido por el simple hecho de que yo soy ingeniero y su ex era chofer de un micro bus
Yo Nunca dejare de darle lo necesario a mi hijo para que el este bien .pero mantenerla a ella es algo por lo cual nunca estaré de acuerdo ya que ella es joven y tiene un carrera y se puede valer por su propios medios y mucho menos dejarle la casa que con tanto sacrificio estoy pagando
Cuanto es lo máximo que debo darle tomando en cuenta que ya se le ven tendencias de aprovecharse de la situación y hacer negocio
Por favor ayúdenme
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 213875
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Fecha de respuesta: Sábado 05 de Marzo de 2011 00:49 2011-03-05 00:49 desde IP: 189.216.163.103
Es común que los jueces de lo familiar determinen que el 20% de los ingresos del deudor alimentista son suficientes para garantizar lo alimentos para cada hijo, en consecuencia, si Usted solamente tiene un hijo, lo más probable es que con el 20% de sus ingresos pueda cumplir con esa obligación. En cuanto a su pareja, debe conseguir los documentos que acrediten que cuenta con estudios superiores, ya que es muy común que manifiesten no tener capacidad económica para mantenerse por sí mismas, pero si Usted demuestra con documentales que cuenta con estudios duperiores, podrá demostrar que no tienen derecho a demandar alimentos para ella puesto que cuenta con la capacidad suficiente para mantenerse por si solas. En cuanto a la primogénita de su pareja, Usted no tiene obligación alguna con ella.
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